El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por el Gobierno contra el Código de Consumo de Cataluña y contra el decreto ley que reformó la ley catalana de comercio para regular los establecimientos comerciales.
Ambas normas quedan suspendidas de forma provisional hasta que el TC resuelva sobre el fondo del asunto o, en un plazo no superior a cinco meses, mantenga la suspensión de forma indefinida.
Código de Consumo
El recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 22/2010 del 20 de julio del Código de Consumo de Cataluña afecta a los artículos 3, 8, 13, 17, 18.2 y 20, y la disposición adicional primera de la Ley 20/2014 del 29 de diciembre de modificación de la misma ley, que incluía medidas contra "la pobreza energética" y de protección de las personas que han contratado créditos y préstamos hipotecarios.
Dicho Código fue impulsado para suplir un decreto que previamente había sido suspendido por el Constitucional e incluía garantías adicionales para los ciudadanos que contratan créditos o préstamos hipotecarios, a fin de evitar cláusulas abusivas.
Ley de Comercio
En cuanto a la Ley de Comercio, el Gobierno la impugnó al entender que entra en conflicto con la normativa europea al prohibir el establecimiento de equipamientos comerciales fuera de zonas urbanas.
A juicio del Ejecutivo, la norma catalana impide que existan establecimientos comerciales fuera de la trama urbana consolidada, vulnerando lo dispuesto, con carácter básico, en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y en la Ley de Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, prohibición que además es contraria al derecho comunitario.
En su planteamiento, el Gobierno recordó que ya ha defendido la aplicación de estos principios frente a leyes de comercio similares de otras CCAA.