El Juzgado Contencioso Administrativo número 10 de Barcelona ha desestimado el recurso de reposición interpuesto contra la sentencia que condenó al pago de 1.500 euros al alcalde de Calldetenes (Barcelona), Marc Verdaguer (CiU), por incumplir la Ley de Banderas, al no colgar la bandera de España en la fachada del Ayuntamiento.
La ratificación de esta sanción convierte a Verdaguer en el primer alcalde de Cataluña multado a título personal por incumplir la normativa sobre banderas, puesto que deberá asumir el pago con su patrimonio personal, según reconoce el Ayuntamiento en un comunicado.
Tardó diez meses en cumplir la sentencia
La sentencia firme se dictó en junio de 2014, pero el alcalde solo colgó la bandera de España diez meses después, el 16 de abril de 2015. Además, la bandera fue sustraída a las pocas horas, y solo se repuso medio més después, el 30 de abril.
En todo caso, el dirigente nacionalista alegó en su defensa que el retraso en cumplir la ley y la sentencia se debió a que tuvo que solicitar una partida presupuestaria en el pleno municipal para comprar una bandera. Sin embargo, el Juzgado ha señalado que la compra de la bandera es un gasto corriente del Consistorio para el que no hace falta solicitar una partida presupuestaria específica, por lo que no está justificado el retraso en el cumplimiento de la sentencia. Así, las triquiñuelas del alcalde le costarán 1.500 euros, que deberá pagar de su bolsillo.
En desacato a la Ley de Banderas ha sido una constante en un buen número de ayuntamientos e instituciones de todo tipo en Cataluña desde hace años. Pero, tras innumerables procesos judiciales, el cumplimiento de la ley parece ir abriéndose paso poco a poco.