Adiós a la figura del "imputado". La reforma de la Ley de Enjuciamiento Criminal que prepara el Gobierno eliminará esta denominación -que últimamente es percibida por muchos casi como sinónimo de culpabilidad-, y la sustituirá por dos nuevas figuras: "investigado" e "imputado".
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el proyecto de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, como gran novedad, hace desaparecer el término judicial "imputado". En sustitución, los actuales imputados se considerán "investigados" en la primera fase de la instrucción, según ha explicado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en rueda de prensa. Si la instrucción avanza, el "investigado" se transformará en "encausado", según ha explicado también Catalá.
El ministro ha justificado el cambio en que el término "imputado" ha quedado últimamente asociado de forma inevitable con la culpabilidad, y ha explicado que la propuesta de cambio ha partido de la Comisión de Mejora del Lenguaje Jurídico del propio ministerio.
Límites al tiempo de instrucción
El proyecto, además, fija unos plazos máximos para la instrucción de los casos, que no varían respecto a los del anteproyecto de ley, aprobado en diciembre. Estos plazos son de seis meses de instrucción en causas sencillas, y de 18 en las más complejas, que podrían prorrogarse hasta un máximo de 36 meses.
Esta modificación buscaría evitar los casos de causas que se eternizan en el periodo de instrucción, llegando a veces al juicio oral años después -décadas, en ocasiones- de que se cometieran los hechos.
Según ha explicado el ministro, esta reforma legislativa persigue tres objetivos fundamentales: agilizar el funcionamiento de la justicia, fortalecer las garantías procesales, y luchar contra la corrupción.