Nuevo capítulo en la guerra de los horarios comerciales en Cataluña, tras la suspensión de la normativa autonómica por parte del Tribunal Constitucional. Si las pasadas semanas algunos establecimientos decidieron abrir en festivos no contemplados por la suspendida ley autonómica, acogiéndose así a la legislación nacional, ahora han hecho lo propio respecto al periodo de rebajas, que algunos comercios han iniciado ya.
Si bien la Generalidad no contempla que la temporada de rebajas empiece hasta el 7 de enero -después del día de Reyes, como suele ser habitual-, algunos establecimientos han decidido adelantar los descuentos, argumentando que la ley autonómica que regula tanto los horarios comerciales como los periodos de rebajas no está en vigor, tras ser suspendida por el TC, al admitir un recurso del Gobierno.
Igual que sucede con los horarios de apertura comercial, la Generalidad y parte de los comercios apostaron por un pacto para salvaguardar los horarios fijados por la ley suspendida. Pero no todos los establecimientos han participado de este compromiso.
Una minoría, según CCC
Según explica el secretario general de la Confederación de Comercio de Cataluña (CCC), Miguel Ángel Fraile, los comerciantes que se han acogido a la normativa nacional para adelantar el periodo de rebajas son una minoría, y "las rebajas empiezan de manera clara en Cataluña el 7 de enero".
Antes de esta nueva polémica por el periodo de rebajas, algunos establecimientos catalanes abrieron sus puertas en festivos no contemplados en la suspendida normativa autonómica. El caso más llamativo fue el de una de las marcas de ropa catalanas más internacionales, Desigual. La Generalidad ya advirtió que investigaría a la empresa, ya que, según aduce, su decisión de abrir puertas "no se puede amparar ni en la normativa catalana ni en la estatal".
Esta guerra por los horarios se inició el pasado 3 de diciembre, cuando el TC admitió a trámite un recurso del Gobierno contra la ley autonómica de horarios comerciales, con lo que esta quedó automáticamente suspendida cautelarmente.
Recursos cruzados
El recurso del Gobierno argumentaba que la última ley catalana de horarios comerciales vulneraba la legislación estatal en la misma materia -que debe tener preeminencia-, ya que imponía un régimen de apertura de comercios "más restrictivo para la libertad comercial que el contemplado en la normativa básica estatal". La ley estatal permite abrir a los comercios un máximo de 90 horas semanales, mientras que la autonómica, ya suspendida, establecía un límite de 72 horas semanales.
Se da el caso de que la ley autonómica recurrida, promulgada en febrero de este año, sustituyó a la de 2004, que incluía tres artículos modificados en 2012 y ya suspendidos en abril de 2013 por el TC, también al admitir un recurso del Gobierno. De hecho, el Parlamento autonómico aprobó la nueva ley para intentar esquivar la prohibición del TC y blindar la política de horarios comerciales autonómica ante los criterios en la misma materia del Ejecutivo, partidario de una mayor liberalización de horarios.
Además, el Gobierno autonómico respondió al Ejecutivo presentando su propio recurso de inconstitucionalidad ante el TC, alegando vulneración de competencias por parte del Gobierno.