Mailing de la Generalitat, animando a participar en el 9N, enviado utilizando los datos del Registro de Población de Cataluña

Mailing de la Generalitat, animando a participar en el 9N, enviado utilizando los datos del Registro de Población de Cataluña

Política

El uso del Registro de Población por Mas, posible delito de revelación de secretos

Esto podría conllevar a las autoridades y funcionarios implicados una pena de hasta cinco años de prisión y doce de inhabilitación

6 noviembre, 2014 16:01

La Generalitat podría haber incurrido en un delito de revelación de secretos al utilizar el Registro de Población de Cataluña -del que es titular el Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat)- para llevar a cabo un mailing a todos los domicilios de Cataluña en el que anima a votar en la consulta independentista que prepara para el próximo 9 de noviembre.

Así lo asegura Sociedad Civil Catalana (SCC) en una denuncia que ha presentado este jueves ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), y en la que la insta llevar a cabo "todas las actuaciones pertinentes para que se investiguen los hechos denunciados y se persiga penalmente a los responsables de la autoría de estos hechos, restaurando la legalidad".

La Generalitat trata de cubrirse con un convenio

El propio comunicado enviado por la Generalitat reconoce que los datos de las personas a los que se dirige el documento "se han extraído del fichero Registro de Población de Cataluña", que procede de los padrones municipales de todos los ayuntamientos catalanes.

Y se escuda en un convenio de colaboración firmado el pasado 24 de octubre entre el departamento de la Presidencia y el Idescat.

Solo puede utilizarse para fines estadísticos

Sin embargo, SCC recuerda que, el Registro de Población de Cataluña "es un fichero que se nutre de los datos aportados por las administraciones municipales y tiene únicamente fines estadísticos".

Y destaca que, según el artículo 21 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, "los datos de carácter personal recogidos o elaborados por las Administraciones públicas para el desempeño de sus atribuciones no serán comunicados a otras Administraciones públicas para el ejercicio de competencias diferentes o de competencias que versen sobre materias distintas, salvo cuando la comunicación tenga por objeto el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos".

"Revelados a persona no autorizada para otros fines"

SCC subraya que el convenio -al que no ha tenido acceso- está "previsiblemente firmado como herramienta 'ad hoc' para encubrir la revelación de los datos personales en posesión al Idescat con únicos fines estadísticos para usos espurios".

Pero añade que "si el mencionado convenio implicase cualquier tratamiento de los datos del Registro de Población de Cataluña que supere el uso estadístico estaríamos ante una revelación de datos personales que son secretos por su propia naturaleza y el hecho de que por medio del mencionado convenio los datos que constan en el mencionado Registro de Población hayan servido para dirigir una comunicación personal al domicilio de los ciudadanos es prueba de que, efectivamente, los datos personales que obran en poder del Idescat han sido revelados y entregados a persona no autorizada para otros fines".

Hasta cinco años de prisión y doce de inhabilitación

SCC apela a los artículos 197 y 198 del Código Penal para denunciar que "todas estas actuaciones son susceptibles de ser calificadas como presuntamente constitutivas de un delito de revelación de secretos".

Unos delitos por los que las autoridades o funcionarios públicos correspondientes podrían ser castigados con penas de "inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años" e incluso con entre tres y cinco años de prisión.