El Tribunal Constitucional

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Política

El TC suspende el decreto autonómico sobre pobreza energética

El Alto Tribunal admite a trámite un recurso del Ejecutivo contra la normativa de la Generalidad, aprobada a finales del año pasado.

22 octubre, 2014 18:49

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este miércoles el recurso del Gobierno contra el decreto ley de la Generalidad de diciembre pasado que impedía que las compañías de suministros cortaran la luz o el gas a las familias en situación acreditada de vulnerabilidad económica, lo que se ha denominado como 'pobreza energética'. Con la admisión a trámite, y al tratarse de un recurso del Gobierno contra una resolución autonómica, el decreto queda automáticamente suspendido.

La resolución autonómica suspendida modificaba el Código de Consumo de Cataluña para "impedir la interrupción del suministro energético" en los meses que van de noviembre a marzo, por la modalidad de aplazar el pago de la deuda, "a las personas en situación de vulnerabilidad económica", según informó la Generalidad en su día.

Podían acogerse a esta protección las familias en situación acreditada de vulnerabilidad económica, según los criterios de la Generalidad. Y es justo por este motivo por lo que el Gobierno recurrió al TC.

"Contra la normativa estatal"

Así, el Ejecutivo considera que, a nivel nacional, la figura del consumidor vulnerable se encuentra ligada al perceptor del bono social, mientras que la Generalidad, en su decreto ahora suspendido, introduce una definición diferente. Por este motivo, el Gobierno argumenta que la normativa autonómica suspendida supone "una discriminación de los consumidores del resto del territorio español", y que "va contra la normativa estatal".

En concreto, el decreto autonómico suspendido consideraba aptos para esta protección a las personas que formen parte de una unidad familiar con un nivel de ingresos igual o inferior al indicador de Renta de Suficiencia, -al cual se añadía un 30% a partir del tercer miembro-. Además, se tiene que tratar de personas o familias "que no tengan posibilidad de reducir su consumo de bienes y servicios, y que acrediten tener contratados los suministros energéticos en la modalidad de tarifas sociales". El Gobierno argumenta que la regulación estatal no prevé exención alguna para este colectivo.