La Audiencia Nacional ha tumbado este lunes parte de los despidos pactados entre Panrico y los trabajadores, en el marco del conflicto laboral por la crisis de la empresa. Concretamente, prohíbe llevar a cabo los despidos previstos por la empresa para los años 2015 y 2016, mientras avala -con matices- los ya ejecutados y los previstos para este año.
En una sentencia de este lunes, la sala de lo social de la Audiencia Nacional ha considerado que los 156 despidos previstos por la empresa para los próximos dos años -79 en 2015 y 77 en 12016- son "injustificados", porque, a pesar de que desde la reforma laboral de 2010 las empresas pueden emprender despidos por causas organizativas basándose en previsiones de pérdidas, en este caso no es lícito "emplear hoy a manera de bola de cristal unas previsiones imposibles de contrastar".
Para la Audiencia Nacional, la empresa no ha argumentado suficientemente que los despidos previstos para e 2015 y e 2016 estén relacionados con el ERO de 2013. En este sentido, explica que, llegado el momento, Panrico debería "de iniciar un nuevo proceso" de despidos.
Los pagos diferidos, también ilegales
La sentencia, en cambio, avala los despidos previstos para este año, y los ya ejecutados. Con la salvedad de que no considera "ajustado a derecho" haber diferido el pago de las indemnizaciones y abonarlas en plazos durante 18 meses.
Según la sentencia, la empresa no ha acreditado suficientemente falta de liquidez para asumir estos pagos. Especialmente, por el hecho de que sí ha atendido devoluciones de préstamos durante este periodo.