Política
El Supremo rechaza otro recurso de la Generalidad contra una sentencia que ordena aplicar el bilingüismo escolar
Se acumulan las sentencias judiciales que le recuerdan a la Consejería de Enseñanza que la inmersión lingüística escolar obligatoria exclusivamente en catalán es ilegal. El Alto tribunal ordena que se apliquen de manera inmediata las medidas cautelares para que castellano y catalán sean lenguas vehiculares. Convivencia Cívica Catalana estudia querellarse contra Rigau por prevaricación, desacato y desobediencia a los tribunales.
17 febrero, 2014 18:09Nuevo golpe judicial a la inmersión lingüística escolar obligatoria exclusivamente en catalán. El Tribunal Supremo ha desestimado otro recurso de casación que la Generalidad había interpuesto contra las medidas cautelares dictadas en enero de 2013 a un colegio público de las afueras de Barcelona ordenándole "adoptar cuantas medidas sean precisas" para que una alumna de primaria reciba sus clases en ambas lenguas oficiales: catalán y castellano.
La sentencia está fechada el 10 de febrero pasado, y es idéntica a otras tres que se han dictado a lo largo del último mes. Además, se suma a otros autos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) emitidos en las últimas semanas que, por una parte, fijan en un 25% como mínimo el uso del español como lengua vehicular escolar, y por otra, advierten a la Generalidad que impartir únicamente la educación física en castellano no es suficiente puesto que constituye un "artificio de mera apariencia".
En la sentencia conocida este lunes, el Tribunal Supremo subraya que "las medidas cautelares" buscan "evitar que durante el tiempo que transcurre desde el inicio del proceso, hasta que recae sentencia definitiva, se pueda producir la pérdida de su finalidad".
E insiste en que "teniendo en cuenta que el paso del tiempo, y el retraso en su aplicación, curso tras curso, genera a los alumnos un perjuicio que puede ser irreparable a los efectos pretendidos en el recurso; sobre todo, cuando se sabe, al tiempo de resolverse el incidente cautelar, y atendidos los abundantes precedentes judiciales de esta Sala, cuál será el sentido y contenido de la sentencia que ponga fin al proceso", en referencia a nueve sentencias dictadas por el Tribunal Supremo entre diciembre de 2010 y noviembre de 2013 que avalan el derecho a los alumnos a recibir educación bilingüe en Cataluña.
Además, el Tribunal Supremo impone las costas procesales a la Generalidad, hasta un máximo de 3.000 euros.
Una decena de procesos judiciales pendientes
Según Convivencia Cívica Catalana, la entidad que ha asesorado jurídicamente a la alumna afectada, todavía están pendientes de resolverse alrededor de una decena de procesos judiciales similares, que todo apunta que lo harán en la misma dirección.
Además, desde la entidad están estudiando la posibilidad de querellarse contra la consejera de Enseñanza de la Generalidad, Irene Rigau, por prevaricación, desacato y desobediencia a los tribunales, puesto que sigue negándose a cumplir las sentencias que ordenan a la Consejería aplicar de forma inmediata el bilingüismo en las escuelas.
Este mismo lunes también se ha conocido, según ha publicado La Razón, que la fiscalía actuará contra el Gobierno autonómico de Cataluña si, una vez se resuelvan todos los recursos en relación a las sentencias del TSJC que ordenan impartir al menos un 25% de las clases en castellano, este se niega a cumplirlo.
Ya hay más de 1.300 familias de toda Cataluña que han reclamado una educación bilingüe para sus hijos, sin que, de momento, la Consejería de Enseñanza haya atendido sus peticiones.