Política
Sánchez-Camacho queda apartada como acusación particular contra Método 3
La Audiencia Provincial de Barcelona considera que la presidenta del PP catalán queda apartada del procedimiento ya que llegó a un acuerdo con los dueños de la agencia de detectives
19 noviembre, 2013 12:19La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha decidido que la presidenta del PP catalán, Alícia Sánchez-Camacho, no pueda mantenerse como acusación particular en el caso contra la agencia de detectives Método 3, en relación a la grabación de la comida que mantuvo la dirigente popular con la ex pareja sentimental de Jordi Pujol Ferrusola.
En un auto judicial, dado a conocer este martes y fechado el 31 de octubre pasado, la Audiencia de Barcelona confirma que la líder del PP catalán, diputada autonómica y senadora no podrá seguir en el proceso por la grabación del restaurante La Camarga tras haber otorgado perdón a los inculpados.
La Audiencia de Barcelona considera que Sánchez-Camacho ha quedado apartada del procedimiento después de que llegara a un acuerdo con los dueños de la agencia de detectives Método 3 en el que renunciaba a las acciones civiles y penales y otorgaba el perdón del ofendido a los inculpados en un acuerdo transaccional.
"No puede prosperar"
De este modo, queda desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Sánchez-Camacho contra el auto del 18 de julio de 2013 dictado por el Juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona y confirma la resolución en que rechazaba su personación porque veía irrevocable el perdón otorgado.
Esta decisión llega pese a que el juzgado, a solicitud de la fiscalía, decidió mantener las actuaciones al considerar que el delito de revelación de secretos afectaba a una senadora y era un delito público. Así, la Audiencia de Barcelona considera que el recurso de la dirigente popular para seguir personada una vez el caso ha seguido adelante "no puede prosperar" por su voluntad manifestada formalmente de renunciar a acciones penales y civiles.
"Una vez producida la renuncia no es admisible su revocación sin atentar de forma directa tanto contra el principio de seguridad jurídica como contra las más elementales normas procesales", se apunta en el auto, texto en el que se justifica también que "lo que parece pretender el apelante, no se ha producido cambio alguno en la tipificación indiciaria de los hechos", que siguen considerándose un delito de revelación de secretos.