El acuerdo entre el PSC y ERC -avalado por el PSOE- para establecer un concierto económico en Cataluña ha resucitado viejas reclamaciones de los nacionalistas plagadas de mentiras, o, como ahora se dice, fake news o fango.

La principal patraña es la supuesta justicia que supondría aplicar el principio de ordinalidad fiscal en el modelo de financiación autonómica.

¿En qué consiste dicho principio? Básicamente, implicaría que cada comunidad autónoma mantenga el mismo orden (o parecido) en el ranking de aportaciones per cápita al fondo general que en el ranking de recursos recibidos per cápita tras el reparto.

Es decir, que, por ejemplo, si en una comunidad el Estado recauda 3.000 euros por habitante y año, y eso le sitúa en el número tres del ranking, a la hora de recibir los fondos para la financiación autonómica, esta también debería situarse en la posición número tres de ese segundo ranking, el de recursos recibidos per cápita, sea cual sea la cantidad per cápita que reciba.

Los nacionalistas, y aquellos que -ingenuamente o con perversidad- compran sus tesis, argumentan que es cuestión de justicia. Dicen que es razonable recibir menos de lo que se da, pero no hasta el punto de recibir menos que el que recibe más que lo que da. Algo así como: seamos solidarios, pero hasta un límite.

Expuesto así, a un observador neutral podría parecerle lógico. Pero este planteamiento en realidad es profundamente injusto, insolidario, antigualitario, espurio y opuesto a la equidad.

¿Por qué?

Porque la recaudación en una comunidad no depende directamente del esfuerzo de sus ciudadanos, sino fundamentalmente de dónde están las sedes de las empresas. Así, comunidades con muchas empresas y muy grandes, como Cataluña y Madrid, recaudan mucho por el impuesto de sociedades, el IVA e incluso IRPF (al concentrar las sedes centrales), aunque el esfuerzo fiscal procede de ventas en todo el país. Es decir, el famoso efecto capitalidad, que el nacionalismo catalán reprocha a Madrid, sucede también en Cataluña -en menor grado-, aunque en este caso podríamos denominarlo efecto concentración de empresas. Por tanto, relacionar la recaudación fiscal con el reparto es, sobre todo, injusto. Y el principio de ordinalidad fiscal es precisamente eso.

De hecho, en países de corte federal, como EEUU, las diferencias entre el ranking en los impuestos federales recaudados y el de los fondos recibidos son abismales. Por ejemplo, según datos de hace un par de décadas de la Tax Foundation, Nevada pasaba del 6º lugar en impuestos federales per cápita recaudados, al 50º puesto en ingresos per cápita recibidos; Alaska, del 18 al 1; Nueva York, del 5 al 26; Mississippi, del 50 al 10, y Nuevo México, del 46 al 4. Y la evolución de los años anteriores reflejaba que las diferencias en las clasificaciones tendían a aumentar en el tiempo, no a reducirse.

¿Por qué ocurren estos saltos?

Muy sencillo. Porque el reparto de los fondos jamás debe estar relacionado con la recaudación territorial, sino que debe depender de las necesidades de cada territorio para cubrir los servicios públicos.

Es decir, si para ofrecer una sanidad similar en Galicia que en Madrid, el coste per cápita es mucho mayor (por ejemplo, porque la población está más dispersa y está más envejecida), pues Galicia debería recibir más fondos per cápita por parte de la Administración General del Estado, sin importar que eso suponga que Madrid pase de contribuir mucho más per cápita que Galicia a recibir mucho menos per cápita que Galicia. Y, lo mismo que en Madrid, esto sería aplicable a Cataluña.

Por eso, mensajes como los que denuncian una supuesta “solidaridad excesiva” o apelan a “una financiación justa” mediante la limitación de la redistribución de la renta entre territorios son pura patraña. Y que eso lo defiendan partidos que se consideran socialdemócratas o de izquierdas es sencillamente nauseabundo.

A otro perro con ese hueso.