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Ignacio Vidal-Folch y una imagen de la detención de Jonathan Andic

Ignacio Vidal-Folch y una imagen de la detención de Jonathan Andic

Pensamiento

El caso Andic

Publicada

Como no conozco al señor Jonathan Andic, ni conocí a su difunto padre, el exitoso empresario Isak Andic, que fue, según dice la prensa, el hombre más rico de Cataluña, ignoro si el primero es una de esas personalidades torcidas capaces de matar premeditadamente a su padre (como sostienen los indicios aportados por los Mossos y la acusación de la Fiscalía, a las que el juez da, por lo menos, algunos visos de verosimilitud, ya que le ha hecho pagar un millón de euros de fianza para dejarle en libertad a la espera del juicio), o si es totalmente inocente, como él y sus hermanos y familia sostienen.

Al margen de la tragedia humana, el caso ha levantado gran curiosidad, y morbo, y creo que Carles Porta, el competente y entretenido (aunque, por desgracia, lazi total; pero, en fin, nadie es perfecto) especialista en true crime local, ya tarda en preparar alguno de sus documentales, ilustrado con bonitas vistas de Montserrat. Siguiendo su lema, “Intentarem posar llum a la foscor” ("Vamos a intentar arrojar un poco de luz a la oscuridad").

Permítaseme un excurso, para criticar este lema, por redundante. Es como el título que Alejandro Sawa, el bohemio que inspiró a Valle-Inclán el personaje de Max Estrella, el protagonista de Luces de bohemia, puso a su libro Iluminaciones en la sombra (1910). Este título de Sawa se inspiraba claramente en las Illuminations de Rimbaud. Lo cual es legítimo. Pero lo estropea un poco, porque las iluminaciones sólo pueden darse, precisamente, en la sombra, en la oscuridad. A plena luz, señoras y señores, no hay iluminación que valga. La idea de iluminación ya lleva implícita la oscuridad en la que se produce. Está claro. Por eso, a sus Illuminations Rimbaud las tituló Illuminations, no las tituló Illuminations dans l’ombre. ¡Evitó la redundancia!

Perdón por desviarme del tema, pero la verdad no podía quedar sin ser dicha. Volvamos ahora al tema que hace arder el pelo de la ciudadanía. El tema Andic. Mi posición, a la distancia, es la siguiente: prefiero creer que el acusado de cometer tan horrendo crimen es inocente, que la policía y el aparato judicial, estamentos a los que tengo un gran respeto, pues son los verdaderos garantes de que España no sea un Estado fallido, se equivocan. Prefiero creer que la desgracia de aquella muerte en la alta montaña fue fruto del azar que de la maldad. Pero la verdad de los hechos, si hubo crimen o fue un accidente, yo no lo sé ni puedo saberlo. No estaba allí.

En cambio, sí apostaría 100 euros, y hasta 200, a que del juicio saldrá Jonathan exonerado, por el siguiente motivo: parece que no hay una prueba directa, irrefutable, que lo impute —en tal caso, el juez le hubiera negado la libertad condicional—; y además, y sobre todo, cuenta para su defensa con el mejor, o uno de los mejores, abogados penalistas de Barcelona, el señor Cristóbal Martell, conocido por algunos como “el mago de la absolución”.

En ciencia jurídica, se condena a un acusado si hay una prueba directa e incontestable de su culpabilidad, como un testigo presencial de testimonio inatacable o una filmación de los hechos. Estos casos son los menos, pues generalmente el criminal procura hacerlo sin testigos, como es lógico. En caso de no haber ese testimonio irrefutable, que es en la mayoría de los casos, la acusación se basa en la prueba de indicios confluyentes, o sea una serie de datos que, si bien no demuestran por sí solos la comisión del delito, en cambio, sumados todos ellos, reconstruyen los acontecimientos de manera que no quede, racionalmente, otro relato posible, una explicación alternativa de los acontecimientos: se cometió el crimen porque las cosas no pudieron suceder de otra manera.

Entonces se va a juicio por pruebas indirectas. Al hablar con fuentes de la policía catalana, me confirman que así ha sucedido otras veces. Parece que el Cuerpo y la fiscalía han articulado un relato de los hechos, un conjunto homogéneo de indicios que llevan a la conclusión: esto tuvo que suceder así, porque de otra manera no es posible, o lógico, que sucediera.

En estos casos donde no hay prueba directa y concluyente de la comisión del crimen, sino indicios que articulan un relato lógico y sin alternativa plausible de cómo sucedió, los abogados defensores se esfuerzan en atacar los elementos parciales, los eslabones, por decirlo así, más débiles, si los hay, de la cadena narrativa, sabiendo que si uno de los elementos revela ser cuestionable, todo el relato se desmorona como un castillo de naipes, y se dicta la absolución por falta de pruebas. Contra los dictámenes de los peritos aportan otros y contrarios dictámenes de otros peritos.

La policía y el fiscal lo saben, y de ahí que, antes de presentar sus conclusiones, se esmeren cuidadosamente en asegurarse –como seguro que han hecho en este caso— de que su “cadena de indicios” es de sólido acero, de que la validez de sus indicios es irrefutable.

Conozco personalmente a un joven, pero fenomenal abogado, que ha ganado muchos casos aparentemente imposibles de ganar precisamente alegando delitos de forma, encontrando fallos o dudas plausibles en la custodia policial o jurídica de las pruebas. El señor Martell lo hará o lo intentará sin duda en este caso, que toda Cataluña seguirá con justificable, si bien morboso, interés.