La Generalitat de Catalunya ha aprobado mediante dos Decretos Ley (17/2019 y 1/2020) unas medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda que, entre otras obligaciones, exigen a los grandes tenedores, aquellos con más de 15 viviendas, sean personas físicas o jurídicas, a ofrecer obligatoriamente alquileres sociales a los 'okupantes' antes de iniciar cualquier acción de desahucio de un inmueble.
Dicha medida supondrá un claro desincentivo a los inversores, que con lógica irán abandonando rápidamente su actividad económica de arrendamiento en Cataluña, y está quedará empobrecida y reducida a un pequeño mercado arrendaticio realizado por pequeños tenedores independientes que explotarán de forma personal algunos inmuebles con una rigurosa selección de sus arrendatarios que deberán competir en precio por los aislados inmuebles que se les ofrezcan en alquiler; y por otro lado, se habrá consolidado el derecho de okupación ilícita de aquellos que han invadido viviendas ajenas y que ahora a estas alturas no van a detenerse a contar el número de inmuebles que tiene su legítimo titular.
De esta forma, el mercado inmobiliario se segmentará en dos zonas bien diferenciadas; una con inmuebles deteriorados de bajo precio y con alquileres sociales obligatorios, y otra más exclusiva con precios altos y con ocupantes de exquisita solvencia.
Sin duda, dicha regulación, aparte de ser perniciosa, supone un claro exceso de intervencionismo que vulnera el derecho constitucional a la iniciativa y propiedad privada, y así lo ha establecido el Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya en su Dictamen 2/2020 de 17 de febrero de 2020, y además, por su carácter retroactivo, crea una situación de inseguridad jurídica y total indefensión a aquellos grandes tenedores que han invertido lícitamente en inmuebles en Cataluña y que han visto como han 'okupado' impunemente sus viviendas dificultando su tutela judicial efectiva y obligándoles a realizar funciones sociales ajenas a su propósito inicial lo que les conduce a la práctica a liquidar dichos activos al precio que se les ofrezca.
Al final, el impacto negativo de la adopción de dicha regulación se extenderá a cualquier inversión futura a largo plazo que se tenga que hacer en Cataluña, que pierde una vez más su atractivo como zona de inversión respetuosa con los derechos de la iniciativa privada y se acerca más a los ideales bolivarianos donde los inversores y el capital son especuladores malignos.