Todas las empresas intentan optimizar el pago de impuestos. Una expresión que significa utilizar todos los mecanismos legales disponibles para sufragar el menor dinero posible a Hacienda. Las que más fácil lo han tenido siempre han sido las multinacionales, pues producen y venden sus productos en distintos países.
Una situación que les permite escoger donde desarrollar sus actividades principales y en qué lugar efectuar las secundarias. En una empresa manufacturera clásica, equivaldría a realizar la producción de sus bienes en un territorio de baja tributación y únicamente la comercialización en aquéllos donde deben pagar más impuestos.
No obstante, en el pasado, las multinacionales se aprovecharon de los vacíos legales para evitar centrar casi todas sus actividades en el primer país. El instrumento principalmente utilizado fueron los precios de transferencia. En concreto, los importes por los que una filial vende a otra tecnología, múltiples servicios (por ejemplo, marketing, finanzas o asesoramiento general) o productos intermedios.
En una empresa productora de automóviles, la trampa consistía en la percepción por parte de la primera subsidiaria de un precio superior al de mercado por la venta a otras de motores, cajas de cambio, trasmisiones, etc. Una actuación que conseguía desplazar beneficios desde países con un elevado tipo del impuesto de sociedades a otros donde éste era reducido. El resultado de la operación suponía un incremento de las ganancias obtenidas por la multinacional, después del pago de los correspondientes gravámenes.
No obstante, en las últimas dos décadas, la actualización de las legislaciones tributarias nacionales ha reducido notoriamente los vacíos existentes. Un tema al que han contribuido decisivamente las definiciones de precios de transferencia consensuadas en el marco de la OCDE y el control exhaustivo por parte de Hacienda de las compras efectuadas por la filial ubicada en la nación a otras situadas en paraísos fiscales.
A pesar de ello, en muchos países las empresas tecnológicas pagan bastante menos dinero del que aparentemente les correspondería. Las que más “ahorros” consiguen son las más grandes, conocidas popularmente como GAFA (Google, Apple, Facebook y Amazon). En España, en concepto de impuesto de sociedades, la suma pagada por todas ellas en 2018 únicamente ascendió a 21,6 millones de euros.
Los defensores del escaso pago de impuestos en nuestro país y en muchos otros argumentan que la economía digital ha cambiado algunas de las principales reglas del mundo de los negocios. Ahora, las empresas tecnológicas pueden obtener una gran cifra de ventas en una nación sin necesidad de tener una elevada presencia en ella.
Para ellos, la clave del cambio está en la capacidad de Internet de superar cualquier frontera física. La red de redes permite a una compañía crear una plataforma informática en un país y ofrecer sus servicios en cualquier otro. Entre éstos destacan los de suscripción de contenidos (Netflix), intermediación en línea (Amazon y Apple), venta de datos y publicidad dirigida (Google y Facebook).
En Europa, la treta más utilizada por las anteriores empresas consisten en indicar que la mayor parte de los servicios a sus clientes de distintos países los prestan desde territorios de baja tributación (Irlanda, Holanda y Luxemburgo), pues la filial radicada en alguno de ellos es la única en el viejo continente que posee la licencia para utilizar la plataforma informática.
En cambio, en las otras naciones, las subsidiarias casi únicamente realizan una labor comercial. Por tanto, a éstas últimas solo les corresponde una pequeña parte de los ingresos generados por los consumidores residentes en ellas.
Aunque su relato lo pretende disimular, la anterior artimaña supone alterar los precios de transferencia para pagar menos dinero en impuestos. La clave está en que la filial donde se ubica la plataforma informática (Irlanda) haga pagar a la que se sitúa en el territorio en el que están los clientes (España) un precio por sus servicios muy superior al de mercado.
La segunda queda vaciada de ingresos y la primera llena. El beneficio obtenido en aquélla es insignificante y muy elevado en ésta. No obstante, como la última está ubicada en un país con un reducido tipo efectivo del impuesto de sociedades, el dinero destinado a él es proporcionalmente muy pequeño.
En definitiva, las grandes empresas tecnológicas utilizan un método muy tradicional para pagar menos impuestos. La única novedad importante es la dificultad por parte de las Haciendas nacionales de probar donde desarrollan sus actividades principales, pues el ofrecimiento de sus servicios a través de Internet provoca la desaparición de las fronteras.
La solución es muy fácil. Consiste en gravarlas por el gasto que los residentes en el país realizan en los servicios que ofrecen y no por los ganancias declaradas en él. De esta manera, no importa si aquéllos los desarrollan en la nación o en el extranjero. El importe del impuesto debería ser lo suficientemente elevado para que paguen proporcionalmente igual que las otras.
En la actualidad no sucede así. En la Unión Europa los tributos que gravan a las empresas no son nada equitativos. En concepto de tipo impositivo efectivo, en 2017 las que desarrollaban negocios digitales pagaban un 9,5%; en cambio, las convencionales un 23,2%.
Debido a ello, la tasa Google aprobada por el gobierno español es un pequeño paso adelante. No obstante, completamente insuficiente. El tipo del gravamen es muy reducido (3%) y, si alguna vez llega a aplicarse, los ingresos que inicialmente generará estarán por debajo de los 1.000 millones de euros. Por tanto, las grandes empresas tecnológicas continuarán teniendo un chollo fiscal en nuestro país, aunque menos del que previamente disfrutaban.