En el año 2019, los autónomos tendrán regalos de cuatro Reyes Magos. Los tres que nos visitan a todos (Melchor, Gaspar y Baltasar) y un cuarto que solo lo hace a unos pocos: Pedro Sánchez. No conocemos lo que nos traerán los tradicionales, pero ya sabemos los que a los trabajadores por cuenta propia les ofrecerá el presidente de Gobierno: más prestaciones sociales y laborales a cambio de 5,36 euros mensuales. En otras palabras, mucho por casi nada.
Creo que es justo y procedente que los autónomos disfruten de un mayor número de derechos que en la actualidad y éstos sean equiparables a los de los asalariados. No obstante, también estoy a favor de que los primeros coticen como los segundos. Hasta ahora, lo han hecho de forma mucho más exigua, pues han disfrutado de una libertad en la elección de la base de cotización a la Seguridad Social que no han poseído los trabajadores por cuenta ajena.
La medida más importante acordada entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y las asociaciones de autónomos más representativas es la concesión a éstos de un verdadero derecho al paro. Hasta al momento, la prestación por cese de actividad, establecida el 1 de noviembre de 2011, era difícil de conseguir. Las principales causas eran los estrictos requisitos a cumplir y la elevada complejidad burocrática del trámite.
Un simple repaso a los datos así lo atestigua. En el ejercicio de 2017, de las 3.965 solicitudes realizadas, únicamente 1.710 (el 43,1%) fueran aprobadas. Además del escaso porcentaje de éxito, destaca el reducido número de peticiones recibidas. Las explicaciones son dos: un gran número de autónomos no cotizaba por desempleo (no era obligatorio) y, una importante parte de los que sí lo hacían, descartaban pedir la prestación, debido a que consideraban que no cumplían las condiciones necesarias para recibirla.
Además de facilitar el acceso a ella, el acuerdo alcanzado permite un aumento del período máximo y mínimo de percepción. El primero pasa de 12 a 24 meses y el segundo de 2 a 4. A pesar de las mejoras obtenidas, los autónomos continúan sin tener derecho al subsidio (ayuda no contributiva) de 426 euros que perciben los asalariados, cuando se les acaba la prestación.
Las otras ventajas tienen una menor entidad y afectan a la prestación por maternidad, la percibida por accidente laboral o enfermedad profesional, el pago de las cuotas a la Seguridad Social cuando el autónomo está de baja y el derecho a la formación y reciclaje.
A partir de 2019, las mujeres que hayan sido madres por parto, adopción o tutela, no tendrán que cesar en su actividad para disfrutar de una tarifa plana durante 12 meses. La incompatibilidad se ha transformado en compatibilidad. Los autónomos que estén de baja ya no deberán pagar la cuota de la Seguridad Social a partir del segundo mes. Antes, debían sufragarla durante todo el período. Finalmente, los trabajadores por cuenta propia que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional cobrarán la prestación por incapacidad temporal desde el mismo día en que se tramite la baja, en lugar de a partir de la siguiente jornada.
En contraprestación a la anterior ampliación de derechos, el Ministerio ha exigido que además de por contingencias comunes, los autónomos coticen obligatoriamente por accidentes laborales, enfermedades profesionales, cese de actividad y formación. De forma increíble, en septiembre de 2018 aproximadamente el 35% solo lo hacía por el primer concepto.
El aumento de las cotizaciones exigido es pírrico. Supone únicamente 5,36 euros mensuales y 64,32 euros anuales. Es el resultado de incrementar la base reguladora el 1,25% (la media de los aumentos de los últimos 15 años se situó en el 1,4%) y el tipo impositivo del 29,9% al 30%. El incremento de la tarifa plana, destinada principalmente a los nuevos emprendedores, también es escaso, pues solo sube 10 euros (pasa de 50 a 60 euros).
Por primera vez, la cotización más baja de los autónomos será inferior a la de los asalariados que cobren el salario mínimo (SMI). Un gran incentivo, a pesar de las amenazantes multas, para que los empresarios pasen a sus trabajadores de la segunda a la primera categoría. En lugar de luchar contra los falsos autónomos, el gobierno incentivará su crecimiento.
En definitiva, el acuerdo alcanzado desprende un claro tufillo electoral, pues los costes de los nuevos derechos de los autónomos serán sustancialmente superiores a los ingresos adicionales generados por el aumento de sus cotizaciones. Es el resultado de un presidente en continua campaña electoral, quien no quiere molestar, sino agradar mucho a la mayoría de los 3.258.986 afiliados de que constaba el pasado septiembre el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Indudablemente, lo más normal hubiera sido un aumento de la base mínima de cotización por un importe equivalente a la subida del SMI (22,3%). De esta manera, el ejecutivo habría conseguido tres objetivos: un gran aumento de ingresos de la Seguridad Social, la reducción del elevado déficit generado por el colectivo (alrededor de 7.200 millones de euros en 2018) y el acercamiento de la base media de cotización al ingreso promedio de los autónomos.
En septiembre de 2018, de los 1.991.601 trabajadores por cuenta propia que cotizaban como personas físicas, el 85,9% lo hacía por la base mínima. Algunos porque sus ingresos no les daban para poder pagar una cotización más elevada, la mayoría porque quiere pagar los menores impuestos posibles. Dentro de pocos o muchos años, una gran parte de los últimos se quejará de la escasa pensión recibida. La culpa no será solo suya.