La decisión de la justicia alemana de extraditar a Carles Puigdemont solo por el delito de malversación no es ninguna sorpresa a la vista de los antecedentes. La resolución significa un varapalo para la instrucción contra los 25 encausados por el procés, pero en ningún caso va a acelerar la llegada del expresident a Cataluña, pese a que algunos ya vuelven a hablar de restituirlo en el cargo. Mientras tanto, le preparan un despacho de expresident en el Palau Centelles de Barcelona que estará sin ocupar, como el que Quim Torra le guarda en la Generalitat.
Ante la decisión de la Audiencia Territorial del land de Schleswig-Holstein, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena tiene tres opciones: no aceptar la entrega, con lo que Puigdemont podría vivir en Alemania, pero no viajar a otro país, pues se expondría a ser detenido de nuevo; aceptar juzgarlo solo por malversación (hasta 12 años de cárcel en el tipo agravado) y esperar a que cumpla la pena para volver a acusarlo de rebelión, o presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre si Alemania ha aplicado correctamente la euroorden.
Lo más lógico sería que adoptara esta última posición. Dudas sobre la aplicación de la euroorden no faltan, ya que muchos juristas creen que el tribunal alemán se ha extralimitado al entrar en el fondo del asunto y no limitarse a comprobar si los hechos de que se acusa a Puigdemont en España tienen correspondencia en el Código Penal alemán. El tribunal rechaza la rebelión --o, mejor, el delito equivalente germano de “alta traición”--, así como la “perturbación del orden público” porque no hubo la violencia suficiente para quebrar el orden constitucional, pero entra en valoraciones tan sui géneris como afirmar que “es dudoso que el acusado haya perseguido el objetivo de separar Cataluña del Estado central español con violencia” o, más aún, asegurar que con el referéndum Puigdemont no pretendía lograr la secesión, sino que solo era “el preludio para entablar nuevas negociaciones” con las autoridades españolas.
¿Cómo lo saben? Lo de no recurrir a la violencia era, efectivamente, una proclama constante del independentismo, pero el hecho de que el referéndum solo se hacía para forzar las negociaciones podía ser como máximo una suposición. No era eso, en absoluto, lo que decían públicamente los dirigentes del procés ni los pasos que se especificaban en las leyes de ruptura, donde se anunciaba la proclamación de la independencia --como así se hizo, aunque no sirviera para nada-- y la aplicación de los resultados del referéndum sin tener en cuenta ni siquiera el nivel de participación.
El Supremo, en ningún caso, debería juzgar a unos acusados por rebelión y al jefe de todos ellos solo por malversación. Si lo hiciera, Llarena adoptaría una decisión contradictoria con el argumento que utilizó para retirar la primera euroorden enviada a Bélgica. Explicó entonces que el de rebelión es un delito colectivo que no puede dividirse. Otra solución sería que la fiscalía del Supremo hiciera una nueva calificación descartando la rebelión (penada con hasta 30 años de cárcel) para descender, por ejemplo, a la conspiración para la rebelión, con menos años de prisión.
En cualquier caso, el desenlace del conflicto judicial no será inmediato, ya que, aunque no se recurra al Tribunal de la UE, es muy probable que los abogados de Puigdemont acudan al Tribunal Constitucional alemán para impedir que se le entregue por malversación.
Es cierto que el delito de rebelión era puesto en duda por muchos juristas en España. Pero es una buena práctica desconfiar siempre de los llamados expertos, sobre todo de los que en Twitter se dan lecciones de unos a otros y al final siempre se comprueba que sus dictámenes dependen de la posición política que sostienen.
La propia resolución del tribunal alemán nos proporciona un ejemplo. Al tiempo que niegan el delito de rebelión, los jueces expresan su “confianza absoluta” en la justicia española y rechazan que Puigdemont sea un perseguido político. “La idea de que el Estado español, miembro del espacio de derecho común de la UE, pudiera abusar de un proceso penal para castigar al perseguido solo por convicciones políticas le parece a este tribunal fuera de lugar”, escriben. ¿Alguien ha escuchado a los representantes del independentismo o leído en los medios indepes que el tribunal afirma eso? Al contrario, han asegurado que los “presos son ahora más presos políticos” que antes.
En el otro bando, hemos tenido que ver cómo la derecha española es incapaz de aceptar una resolución que interpreta como contraria a España y avergonzarnos de que el eurodiputado del PP Esteban González Pons pida la suspensión de los acuerdos de Schengen de libre circulación de personas o que el candidato a la presidencia del PP Pablo Casado se sume a la idea y amenace, muy digno, con represalias que no puede cumplir: “Si soy presidente del PP no voy a tolerar este tipo de humillaciones”, ha escrito en Twitter.