No habrá “choque de legalidades”, como unos vaticinan y otros tratan de provocar, porque no hay dos legalidades constitucionales. En España sólo hay una legalidad, la que dimana de la Constitución española de 1978 y del Estatuto de Autonomía de 2006 en el caso de Cataluña. Así de sencillo.

Puesto que la legalidad vigente no les sirve para sus propósitos, los independentistas pugnan para que el Parlamento de Cataluña establezca una legalidad por encima de la Constitución, lo que conlleva un vicio capital que de entrada invalida el intento: el Parlament no tiene competencias para fundar tal legalidad.

Se percibiría como un disparate que el Parlament pretendiera legislar sobre los bancos marisqueros de las Rías Baixas de Galicia o sobre el límite de velocidad en las autopistas del Estado federado alemán de Brandeburgo. Pues bien, igual de disparate sería que el Parlament aprobara una ley para un referéndum de secesión o una ley de “desconexión” del Estado de derecho español, por mucho que el conseller Josep Rull diga torticeramente que esa legislación emanaría de una cámara “legítima y democrática”.

Es de cajón que un parlamento, el que sea, sólo puede legislar sobre aquello para lo que tiene potestad legislativa. Y, no obstante, los grupos parlamentarios independentistas, JxSí y la CUP, se emperran en llevar la contraria a esa evidencia, invocando un “mandato democrático” inexistente, y aunque formalmente lo tuvieran sería inoperante, ya que en democracia los electores no pueden mandatar lo que va contra las normas fundamentales. Valga como ejemplo que no sería válido un “mandato” para restablecer la pena de muerte; antes habría que cambiar la Constitución y abandonar la Unión Europea.

Han llegado tan lejos porque no ha habido hasta ahora una respuesta política ni una oposición dialéctica suficientes a su montaje

Para dar cobertura a sus propósitos, además de montar una legislación de cartón piedra, invocan un amparo en la normativa internacional, donde no lo pueden encontrar. Una de las últimas incursiones aventureras en ese campo la ha efectuado Pere Soler, el nuevo director general de los Mossos d’Esquadra. En un mensaje en su cuenta de Twitter del 30 de julio afirma: “Ahora nuestro ordenamiento jurídico no se acaba con la Constitución española, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea tiene primacía”.

Radicalmente falso. El artículo 51 de la Carta no deja lugar a dudas. Las disposiciones de la carta están dirigidas a las instituciones, órganos y organismos de la Unión, así como a los Estados miembros únicamente cuando apliquen el derecho de la Unión. Inaplicable directamente desde Cataluña por autoridades regionales en ninguna circunstancia.

Imposible pues que la afirmación de Soler sea sólo una interpretación errónea dentro del margen interpretativo del derecho. Forma parte de la astucia, del engaño sistemático como estratagema, consistente en crear una nube de falsedades, tergiversaciones, infundios, apropiaciones (de la democracia, del derecho, de la libertad de expresión, de las emociones…), argucias y mentiras que, junto  con el invento de una legalidad de cartón piedra, provoque la vacilación entre los desinformados y los indecisos para que acaben engrosando las filas de los engañados.

Han llegado tan lejos porque no ha habido hasta ahora una respuesta política ni una oposición dialéctica suficientes a su montaje. De haberlas habido se habría comprobado la fragilidad del cartón y la endeblez de las falsedades.