No sabemos el final del envite secesionista en Cataluña, pero sí los pasos siguientes. Antes de finales de septiembre se producirán dos hechos substanciales que situarán a las instituciones autonómicas fuera del orden constitucional. A la aprobación en el Parlament de la llamada ley de transitoriedad jurídica le sucederá inmediatamente la convocatoria del cacareado referéndum mediante una firma que se anuncia colectiva por parte de todos los integrantes del Govern de la Generalitat. También sabemos que el TC suspenderá de inmediato ambas acciones, y que esa contumaz desobediencia hará inevitable, a la vista de las sentencias del 9N, la inhabilitación tanto de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y de la mayoría de la Mesa, como de los miembros del ejecutivo de Carles Puigdemont, algunos de los cuales podrían tener que afrontar un delito no solo de prevaricación sino también de malversación de fondos públicos.
El debate que subyace es qué tipo de intervención sobre la Generalitat puede realizarse que sea eficaz, no excesiva y que no alimente el victimismo
Ahora bien, la pregunta que todo el mundo se hace es si el Gobierno español activará entre tanto algún otro mecanismo para garantizar la legalidad constitucional. El debate que subyace es qué tipo de intervención sobre la Generalitat puede realizarse que sea eficaz. Mariano Rajoy insiste tanto en la firmeza como en la proporcionalidad de las medidas que piensa adoptar. Por su parte, el independentismo sueña con alguna decisión que pueda ser presentada como excesiva para alimentar el relato victimista con el que concurrir a nuevas elecciones. En efecto, el presidente de la Generalitat dispone en esta enrevesada partida de una última carta que le confiere una posición de ventaja: la potestad de disolver el Parlament cuando lo considere conveniente. Artur Mas ya lo hizo en dos ocasiones con un objetivo que en ambos casos rebasó el carácter autonómico de la convocatoria. En noviembre de 2012, el entonces president quería lograr una mayoría excepcional para negociar con la Moncloa la convocatoria de un referéndum como en Escocia. Y en septiembre de 2015, quiso convertir las elecciones catalanas en el sustituto del plebiscito que no pudo realizar.
La hoja de ruta separatista, enmendada el año pasado con la incorporación del referéndum, pasa igualmente por la celebración de elecciones anticipadas. No sabemos cómo van a desarrollarse los acontecimientos, pero no parece descabellado que la respuesta a la imposibilidad de celebrar el anunciado referéndum y a los inevitables procesos judiciales, con una primera inhabilitación que puede recaer sobre Carme Forcadell, sea una nueva resolución parlamentaria secesionista que anteceda a esas nuevas elecciones que Puigdemont anunciará como "constituyentes". Difícilmente podrían llamarse así, atendiendo a su propia lógica, si no van precedidas de algo parecido a una declaración de independencia. Con ello estarán dando cumplimiento al programa electoral de JxSí, aunque probablemente también cometiendo un delito de rebelión tipificado en el Código Penal.
Es bastante posible que, entre finales de septiembre, tras el fallido referéndum, y el primer trimestre de 2018, que es cuando tendrán lugar como máximo esas singulares elecciones, la mayoría separatista del Parlamento catalán dispare este último cartucho para alcanzar dos cosas. Dar un golpe en la escena europea e internacional para ver si cae algún reconocimiento (entre los 193 Estados de Naciones Unidas siempre puede haber alguno que decida hacerlo) y, sobre todo, excitar al máximo a su electorado de cara a esa nueva cita en las urnas con la que intentar apuntalar una realidad de facto, si es que antes Rajoy no se decide a intervenir el autogobierno declarando el estado de sitio. Las encuestas apuntan a que los independentistas tiene hoy más difícil mantener su mayoría absoluta, pero sería absurdo pensar que van a dejar de intentarlo.
Es imprescindible suspender temporalmente dos competencias de la Generalitat: la referida a las consultas, porque pretende ser utilizada para realizar una acción ilegal; y la convocatoria anticipada las elecciones, ya que va a utilizarse para otro fin que no es el autonómico
Un escenario así es muy complicado de afrontar para cualquier Gobierno. La prudencia siempre es una buena consejera ante un rival que desea obligarte a tomar medidas difíciles de sostener en el tiempo. Sin embargo, hay una decisión que parece imprescindible adoptar cuando el separatismo apruebe la ley de transitoriedad jurídica y es la de suspender temporalmente dos competencias de la Generalitat. Primera, la referida a los procesos de participación ciudadana, consultas o referéndums. A la vista está que pretende ser utilizada para realizar una acción ilegal. Y, segunda, la posibilidad de convocar anticipadamente las elecciones, ya que esa competencia va a utilizarse una vez más para otro fin que no es el autonómico. Ambas suspensiones competenciales serían posibles a través del artículo 155 de la Constitución, a criterio de algunos juristas, puesto que está en juego "el interés general de España" que invoca dicho precepto y a tenor de la doctrina que ha ido desarrollando el TC desde 2015. Si queremos prevenir males mayores ante lo que anuncian los políticos separatistas, nada mejor que arrebatarles esa última carta.