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Es oficial: declarar a Hacienda tu segunda residencia aunque esté vacía es obligatorio para todos los propietarios a partir del 2026

El cambio que te obliga a declarar a Hacienda tu segunda residencia para no perder dinero

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La Agencia Tributaria exige a todos los contribuyentes incluir en la declaración de la Renta sus propiedades inmobiliarias adicionales, al margen de que generen ingresos o no.

El reglamento determina que la vivienda habitual es el único inmueble de uso residencial que se libra de pagar por uso propio. Para evitar problemas con el fisco, declarar a Hacienda tu segunda residencia es un trámite obligatorio que afecta a todo el censo de propietarios.

El cálculo del impuesto

La Agencia Tributaria aplica un sistema automático para tasar el coste que genera mantener este tipo de propiedades inmobiliarias. El dinero que se paga por este concepto se calcula aplicando un porcentaje fijo sobre el valor catastral que tenga la vivienda de forma oficial.

Por norma general, el porcentaje que se aplica es del 2%, aunque esta cifra se reduce al 1,1% si el municipio ha revisado dicho valor catastral en los últimos diez años.

Para entenderlo de forma clara, si tienes una vivienda con un valor catastral de 80.000 euros en una localidad con los valores revisados, la renta inmobiliaria imputada que te corresponde será exactamente de 880 euros anuales.

Este importe no es una tasa fija, sino que se suma al resto de tus ingresos del año dentro de la base imponible general del borrador. Al integrarse con tu sueldo o tus ganancias ordinarias, esa cantidad acumulada terminará tributando según el tipo de IRPF que te corresponda por tu nivel de renta.

La imputación de rentas

Aunque no obtengas ingresos de forma directa por tu segunda residencia, la Agencia Tributaria te imputa lo que se denomina una renta inmobiliaria en tus datos fiscales.

Este concepto es un dinero ficticio que el fisco asume que recibes por el simple hecho de tener una propiedad a tu disposición.

Esta cuantía se añade de forma directa a tu base imponible de la declaración y se calcula aplicando el porcentaje comentado en el apartado anterior sobre el valor catastral del inmueble.

De esta manera, el sistema tributario se asegura de que todas las propiedades aporten una cantidad mínima a las arcas públicas cada año.

Si el piso está alquilado

En el caso de que decidas arrendar esa segunda propiedad, la situación cambia para el fisco, ya que pasa a tributar por el rendimiento del capital inmobiliario.

Mientras el piso tenga inquilinos y genere ingresos, la Agencia Tributaria elimina de forma automática la imputación de renta sobre esos meses de ocupación. En este escenario, tienes la obligación de declarar todos los ingresos del alquiler, aunque existen varias deducciones a las que te puedes acoger.

Puedes restar de tus ganancias los gastos habituales de la comunidad de propietarios, el coste de los seguros de la vivienda y el dinero invertido en reformas destinadas a mejorar la eficiencia energética del inmueble.

Si solo alquilas la casa durante unos meses específicos al año, como ocurre con los apartamentos de verano, estás obligado a prorratear el tiempo que ha estado alquilado entre los 12 meses del año.

Qué puedes hacer ahora

Si estás revisando tu borrador, entra en el apartado de datos fiscales y comprueba que constan todas tus referencias catastrales de forma correcta en el sistema digital.

En caso de detectar que falta tu segunda residencia, añade los datos manualmente antes de enviar la declaración. Conserva estos documentos de pago bien guardados para justificar si te corresponde aplicar el porcentaje reducido del 1,1% en lugar del tipo general en tu liquidación.