La ministra de Inclusión Seguridad Social y Migracioneas y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros / Europa Press

La ministra de Inclusión Seguridad Social y Migracioneas y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros / Europa Press

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Es oficial: los autónomos también podrán volver a trabajar y cobrar pensión tras la reforma de la jubilación flexible del Gobierno

Descubre cómo funciona la nueva jubilación flexible para autónomos y los requisitos para trabajar mientras cobras tu pensión

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado un cambio normativo que equipara los derechos de los profesionales por cuenta propia con los del régimen general.

A partir de ahora, los autónomos puede acogerse de forma legal a la modalidad de jubilación flexible para compatibilizar su retiro con un empleo. La medida busca favorecer la prolongación voluntaria de la vida activa de los trabajadores y dotar de mayor sostenibilidad financiera a las arcas del Estado.

Qué es la jubilación flexible

Esta modalidad ofrece la posibilidad a los pensionistas de jubilación que voluntariamente lo deseen, reincorporarse a la actividad.

El sistema permite compatibilizar el cobro de parte de la pensión con las ganancias de un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, tras la última reforma, con una actividad por cuenta propia.

La gran novedad introducida por el Gobierno es la apertura de esta opción a los autónomos que decidan volver al mercado de trabajo.

No obstante, las fuentes del real decreto precisan una condición obligatoria: la persona no debe haber estado dada de alta en el régimen de autoempleo durante los tres años anteriores a su retiro.

Las condiciones de los ingresos

Para poder disfrutar de la pensión de forma simultánea al ejercicio de una actividad económica, el texto legal impone una serie de límites sobre las cuantías a percibir.

La norma establece que el importe de la prestación mensual se reducirá en proporción inversa a la jornada laboral o al tiempo de dedicación al negocio.

El profesional percibirá una parte de su retribución de jubilado calculada en base a las horas que dedique a la actividad profesional por cuenta propia.

La tesorería general ajustará el pago de la nómina pública de forma automática una vez que se declare el inicio de los trabajos económicos complementarios ante las oficinas correspondientes.

Los límites de tiempo fijados

La aplicación práctica de la jubilación flexible exige el cumplimiento estricto de unos baremos temporales para evitar situaciones de fraude o sobreesfuerzo laboral.

El texto del acuerdo señala que la jornada laboral resultante debe situarse obligatoriamente entre un mínimo del 33% y un máximo 80% de la dedicación habitual.

Este margen obliga a que la actividad profesional sea siempre a tiempo parcial, impidiendo que un jubilado de este régimen pueda mantener una dedicación absoluta de jornada completa.

La Seguridad Social supervisará los registros de cotización para verificar de manera telemática que los periodos de actividad se ajustan a lo autorizado por el Real Decreto.

Qué puedes hacer ahora

Si ya eres pensionista o estás a punto de dar el paso y quieres acogerte a la jubilación flexible, lo primero que debes hacer es planificar tu nueva jornada.

Es fundamental que revises con un asesor tu historial de cotización para calcular de cuánto tiempo dispondrás y asegurarte de cumplir con el requisito de no haber sido autónomo en los tres años anteriores a tu retiro.

Presentar toda la documentación de comunicación previa antes de emitir tu primera factura o firmar tu nuevo contrato a tiempo parcial, garantizará tu pensión con total tranquilidad y sin riesgo de sufrir penalizaciones administrativas.