Firma de contrato

Firma de contrato EP

+Economía

Ya ha entrado en vigor: la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los propietarios que vendan la vivienda deben indemnizar a los inquilinos que residen en ella

El nuevo propietario del inmueble debe respetar el contrato en los términos previstos por la ley

Más noticias: El Gobierno cambia las normas: los dueños de periquitos deberán solicitar una autorización oficial para mantenerlos en casa

Leer en Castellano
Publicada

Noticias relacionadas

La venta de una vivienda alquilada sigue generando dudas entre propietarios e inquilinos. ¿Se puede vender un inmueble con gente dentro? ¿Qué pasa entonces con los inquilinos?

Siempre surgen dudas, especialmente acerca de qué ocurre con el contrato de alquiler cuando el inmueble cambia de manos.

La respuesta está en la Ley de Arrendamientos Urbanos. La norma establece que la compraventa no extingue por sí sola el alquiler y que, en determinados supuestos, el propietario que vende puede verse obligado a indemnizar al arrendatario.

El artículo 14 de la LAU fija el marco básico de esta situación. El texto parte de una idea clara: cuando una vivienda alquilada se transmite a un nuevo dueño, este pasa a ocupar la posición del anterior arrendador.

El contrato sigue vigente

Así, el nuevo propietario del inmueble debe respetar el contrato en los términos previstos por la ley. Eso significa que durante los plazos mínimos legales, el comprador queda subrogado en los derechos y obligaciones del casero anterior.

La protección al inquilino es uno de los elementos centrales del régimen legal español. Si el arrendador es una persona física, el contrato debe respetarse durante al menos cinco años; si se trata de una persona jurídica, el plazo mínimo asciende a siete años.

Cuándo aparece la indemnización

Dentro de ese periodo, la venta no altera por sí sola la permanencia del arrendatario en la vivienda ni abre la puerta a una compensación económica.

Eso significa que el nuevo propietario no puede modificar unilateralmente las condiciones pactadas ni exigir la salida del inquilino antes de que se cumplan esos mínimos. El contrato mantiene su validez y el arrendatario conserva su derecho de uso mientras dure la protección legal.

El escenario cambia cuando el contrato firmado por el propietario original supera esos plazos mínimos de cinco o siete años. En ese caso, el comprador solo está obligado a respetar el alquiler hasta que se cumpla el periodo legal.

Si el arrendamiento preveía una duración mayor, el propietario vendedor puede quedar obligado a responder por la interrupción anticipada del contrato.

Quién paga

La compensación no recae sobre el nuevo dueño, sino sobre quien firmó el contrato con unas condiciones que después no puede garantizar tras la venta.

Ahí aparece el punto más delicado de esta operación: el vendedor sigue asumiendo responsabilidad si la transmisión del inmueble provoca que el inquilino pierda el derecho a permanecer en la vivienda antes del plazo pactado inicialmente.

Qué supone para el propietario

Uno de los errores más frecuentes es firmar alquileres de larga duración sin prever una posible venta posterior del inmueble.

Si un casero acuerda, por ejemplo, un contrato de diez años y decide vender la vivienda antes de que termine ese periodo, puede tener que indemnizar al inquilino si este se ve obligado a abandonar el piso por la extinción anticipada del arrendamiento.

La cuantía de esa compensación no está fijada de forma cerrada en todos los casos. En la práctica, suele vincularse a los perjuicios ocasionados por la ruptura del contrato, como gastos de mudanza, diferencias de precio en un nuevo alquiler o daños derivados del cambio forzoso de vivienda.

Por otro lado, y en algunos casos, la compensación puede también pactarse expresamente en el propio contrato. Por lo tanto, la idea de que vender la vivienda libera por completo al propietario no siempre es correcta.

Venta con responsabilidades

La LAU deja claro que la transmisión del inmueble no elimina automáticamente las obligaciones asumidas en el arrendamiento cuando el contrato contiene un plazo superior al mínimo legal y la salida anticipada del inquilino se produce a raíz de la venta. Por eso, tanto compradores como vendedores deben revisar la situación contractual antes de cerrar la operación.

Un piso alquilado no se vende igual que una vivienda vacía, porque la existencia de un contrato en vigor condiciona el uso futuro del inmueble y también el reparto de responsabilidades entre las partes.

Punto clave

En términos prácticos, la operación exige comprobar cuánto dura el contrato, quién figura como arrendador y qué efectos tendría una venta antes del vencimiento pactado.

La norma protege al inquilino, pero también obliga al propietario a valorar el impacto económico de la transmisión si pretende vender un inmueble ocupado.