La Seguridad Social ha decidido facilitarles las cosas a quienes empezaron su carrera como becarios, permitiéndoles recuperar esos años de cotización. A través de un convenio especial, ahora es posible pagar las cuotas que no se ingresaron en su día con un límite de cinco años.
Esta oportunidad surge de la Orden ISM/812/2024, que nos da de margen hasta el 31 de diciembre de 2028 para poner los papeles en regla. Es una medida pensada para que mucha gente pueda completar su vida laboral y así no llevarse sorpresas con su futura jubilación.
Beneficiarios del rescate de años cotizados
Si en su día hiciste prácticas universitarias (ya fuera un grado, máster o doctorado) y no estuviste de alta, esta noticia te interesa. También se incluyen los alumnos de formación profesional o de enseñanzas artísticas y deportivas que no tuvieron un contrato mientras aprendían su oficio.
Lo bueno es que incluso si investigaste fuera de España, esos años pueden contar ahora para tu jubilación. La norma nos deja rescatar etapas no remuneradas de antes de 2024, o incluso periodos anteriores a 2011 si fuiste de esos antiguos becarios con programas específicos.
Eso sí, ten en cuenta que si ya eres pensionista o tienes una incapacidad permanente, por norma general quedaras excluidos de este beneficio. El plan está enfocado en trabajadores que están en activo y quieren que ese esfuerzo de juventud cuente para su jubilación.
Perfil del solicitante | Tipo de formación incluida |
Universitarios | Grado, máster, doctorado o títulos propios |
Alumnos FP | Prácticas que no tengan carácter laboral |
Investigadores | Programas de formación en España o el extranjero |
Artistas y Deportistas | Enseñanzas superiores y profesionales del sistema |
Funcionamiento del convenio especial de prácticas
La normativa nos permite recuperar nada menos que 1.825 días, que son básicamente cinco años de carrera que antes dábamos por perdidos. Y si ya habías rescatado dos años con la ley de 2011, no te preocupes, porque puedes usar este nuevo convenio para llegar al tope.
Información de Servicio
"Recuerda que tienes de plazo hasta el 31 de diciembre de 2028 para rescatar tus antiguos años de becario. No esperes al último momento para solicitar tu convenio especial."
Tanto los doctorandos como quienes hicieron cursos de formación sin título oficial están invitados a participar en este proceso. Da igual si tus prácticas fueron en una empresa de aquí o en el extranjero; lo importante es que ese tiempo sume para tu jubilación.
Claro que esto tiene un coste, ya que hay que abonar la cotización que no se pagó en su momento. Al formalizar este pago, esos días aparecerán en tu vida laboral, dándote mucha más tranquilidad de cara a tu futura pensión.
Plazos y condiciones para formalizar la solicitud
La administración ha sido generosa con el tiempo y nos deja una ventana abierta hasta el 31 de diciembre de 2028 para organizarnos. Es el momento de que los antiguos becarios revisen sus cajones y pidan este convenio especial ante la Tesorería de la Seguridad Social.
Lo primero que debes hacer es presentar la solicitud antes de realizar cualquier abono por la cotización pendiente. Este margen permite buscar los certificados de las prácticas con calma y echar cuentas para ver cómo te puede encaja mejor el desembolso económico para la jubilación.
Una vez que envíes la solicitud, los técnicos calcularán cuánto te toca pagar según tu caso particular. Firmar este convenio antes de que acabe el plazo hará que esos cinco años se queden grabados para siempre en tu historial de cara a la cotización.
Qué debes hacer ahora
Si echas la vista atrás y recuerdas tus años de prácticas, es el momento de buscar esos certificados que guardaste. Entra en la web de la Seguridad Social y pide que te calculen el convenio especial; así sabrás si te compensa sumar esos años de cotización.
No dejes que el tiempo pase y se te olviden tus años como becario, porque esos días trabajados son tuyos por derecho. Moverte ahora te dará el mando sobre tu retiro y te permitirá aprovechar este beneficio legal para mejorar tus condiciones de jubilación.
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