Un ascensor instalado en la fachada de una comunidad de vecinos

Un ascensor instalado en la fachada de una comunidad de vecinos EP

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Ya ha entrado en vigor: la ley obliga a reformas de hasta 40.000€ a las comunidades de vecinos con ascensor

La normativa obliga a adaptar aquellos elevadores que no cumplan determinados requisitos técnicos

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Atención a los comunidades de vecinos que tengan ascensor, la nueva normativa sobre seguridad de los elevadores les obliga a hacer reformas. Y la ley ya está en vigor.

Dicen los legisladores que lo hacen por el bien de todos: al modernizar el parque de ascensores, se reduce el riesgo de averías y se previenen accidentes. Aunque no son las únicas razones.

La ley tiene también una consecuencia económica relevante para miles de vecinos, especialmente en inmuebles con instalaciones antiguas. En los casos más complejos, el coste puede alcanzar los 40.000 euros por ascensor.

La base legal de este cambio es el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1, dedicada a los ascensores.

Desde cuándo es oblogatorio

Aunque la norma se aprobó en 2024, ha ido incorporando actualizaciones posteriores para concretar su aplicación.

Su desarrollo obliga a adaptar aquellos elevadores que no cumplan determinados requisitos técnicos, con la finalidad de elevar el nivel de seguridad en todo el parque instalado.

A quién afecta

La exigencia no afecta a todos los edificios de la misma forma. Las comunidades no deben acometer las reformas de manera inmediata, sino que estas se activan tras la primera inspección periódica obligatoria.

Si el resultado de esa revisión es desfavorable, la comunidad deberá ejecutar las mejoras dentro de unos plazos que varían entre tres y diez años, en función de la gravedad de las deficiencias detectadas y del tipo de actuación que requiera el ascensor.

Las medidas más habituales pasan por la nivelación de la cabina, la protección frente al cierre de puertas, la comunicación bidireccional, el control de carga y la sustitución de guías.

En la práctica, esto significa que la cabina debe quedar alineada con el suelo para evitar tropiezos, que las puertas tienen que incorporar sistemas más seguros frente a golpes o atrapamientos, y que debe existir un mecanismo de comunicación desde el interior para contactar con emergencias si una persona queda retenida.

Qué obliga a cambiar

La norma también exige la instalación de dispositivos que impidan que el ascensor se ponga en marcha cuando se supera el peso máximo permitido.

Además, en los modelos más antiguos, se debe sustituir las guías de madera o cilíndricas por guías de acero modernas, un cambio técnico que eleva de forma significativa el presupuesto final. Estas mejoras buscan adaptar instalaciones viejas a estándares actuales de seguridad y fiabilidad.

Cuánto cuesta

El impacto económico será desigual según la antigüedad y el estado de cada equipo. Las actuaciones más sencillas, como la incorporación de comunicación bidireccional o sensores de puerta, pueden situarse entre 800 y 1.000 euros.

En cambio, las obras de mayor alcance, como el cambio de guías o la renovación del sistema de tracción, pueden elevarse hasta los 16.000 euros y, en situaciones especialmente complejas, alcanzar los 40.000 euros.

El coste de estas obras recaerá sobre todos los propietarios de la comunidad, ya que se consideran trabajos necesarios para la habitabilidad y la seguridad del inmueble.

Así lo recoge el marco de la Ley de Propiedad Horizontal, que obliga a repartir los gastos comunes según la cuota de participación de cada vecino, salvo que los estatutos comunitarios dispongan expresamente otra cosa.

Quién paga la derrama

Esto significa que el importe de la derrama no se divide a partes iguales, sino en función del coeficiente que tenga cada vivienda o local dentro del edificio.

En comunidades con muchos propietarios, el esfuerzo económico puede quedar más repartido; en fincas pequeñas, en cambio, el impacto por vecino puede resultar muy elevado. En ambos casos, el ascensor pasa a ser un elemento central en la planificación de gastos de la comunidad.

Edad de los ascensores

La aplicación de la norma afectará sobre todo a edificios con elevadores de más de 20 o 30 años, que son los que presentan más probabilidades de no ajustarse a los nuevos requisitos.

En esos inmuebles, la primera inspección obligatoria será clave para determinar qué actuaciones deben hacerse y en qué plazo. A partir de ahí, las comunidades tendrán que decidir cómo financiar las obras y cuándo ejecutarlas.

Para muchas comunidades, el reto es técnico y también financiero y organizativo. La llegada de esta normativa obliga a mirar con atención el estado real de los ascensores y a anticipar gastos que, en algunos casos, pueden ser elevados.

Lo que hasta ahora parecía una revisión rutinaria puede convertirse en una de las derramas más importantes para los vecinos en los próximos años.