Varias personas son atendidas en una oficina de la Agencia Tributaria - Imagen de Archivo

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Confirmado por Hacienda: los hijos podrán deducirse hasta 1.000 euros por el alquiler de la vivienda habitual, según la Ley

En Cataluña, el alquiler de la vivienda habitual permite aplicar una deducción del 10% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo

Ya es oficial: un trabajador no podrá dejar de asistir a su puesto de trabajo, aunque lleve 2 meses sin recibir el sueldo

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Con la llegada de la primavera y abril, los contribuyentes comienzan a enfrentarse a los quebraderos de cabeza de la declaración de la renta. Cada año, millones de ciudadanos obligados a declarar sus ingresos se encuentran ante la disyuntiva de contratar a un gestor o hacerla por su cuenta. En cualquier caso, es un trámite que hay que realizar.

En la campaña de la renta de 2025 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador o de 15.876 euros en el caso de dos o más pagadores. Asimismo, también deberán declarar quienes hayan estado dados de alta como autónomos o hayan percibido prestaciones por desempleo, entre otros supuestos.

La campaña de la renta 2025 en Cataluña comenzará el próximo 8 de abril con la presentación telemática y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. Con esta fecha clave cada vez más próxima, muchos contribuyentes se preguntan qué gastos pueden desgravar para optimizar su declaración y reducir el pago de impuestos.

Uno de ellos es el alquiler de la vivienda habitual, que permite aplicar una deducción del 10 % de las cantidades satisfechas durante el período impositivo, siempre que el contribuyente se encuentre en determinadas situaciones personales.

Entre estas se incluyen tener 35 años o menos en la fecha de devengo del impuesto, haber estado en situación de desempleo durante al menos 183 días en el ejercicio, contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o ser viudo o viuda con 65 años o más.

Además, las entidades gestoras de la Seguridad Social deben facilitar la información necesaria para verificar los periodos de desempleo superiores a 183 días.

En matrimonios sujetos al régimen económico de gananciales, cuando el contrato de arrendamiento esté únicamente a nombre de uno de los cónyuges, solo este podrá aplicar la deducción si cumple los requisitos establecidos.

Con carácter general, el límite máximo de esta deducción es de 500 euros anuales. No obstante, en caso de tributación conjunta, si alguno de los declarantes cumple las condiciones exigidas, dicho límite se amplía a 1.000 euros anuales.

Por otro lado, las familias numerosas y monoparentales también pueden beneficiarse de esta deducción, aplicando igualmente el 10 % de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que cumplan la condición correspondiente en la fecha de devengo del impuesto.

En estos casos, el límite máximo de la deducción será de 1.000 euros anuales. La consideración de familia numerosa o monoparental se determina conforme a la normativa específica aplicable.

Para poder aplicar esta deducción, es necesario que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, una vez restado el mínimo personal y familiar, no supere los 30.000 euros en tributación individual o los 45.000 euros en tributación conjunta.

Además, la deducción solo puede aplicarse una vez por contribuyente, aunque concurran varias circunstancias, y una misma vivienda no puede generar una deducción superior a 1.000 euros. En caso de que varios contribuyentes tengan derecho a la deducción por la misma vivienda, el importe se repartirá proporcionalmente entre ellos.