Carlos Cuerpo, ministro de Economía. Foto EFE

Carlos Cuerpo, ministro de Economía. Foto EFE

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Confirmado por el Gobierno: prohíben a los bancos expedir tarjetas de crédito y ampliar su límite sin que el cliente lo pida

Este límite será aplicable también a la liquidación de las operaciones de tarjetas 'revolving', que permiten aplazar pagos mensuales mediante una cuota fija o un porcentaje de la deuda

Ya ha entrado en vigor: el Gobierno congela el precio para más de 600.000 contratos de alquiler durante dos años

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El Gobierno ha puesto nuevos límites a las entidades bancarias tras aprobar un anteproyecto de ley que regula los créditos al consumo, entre los que se encuentran los microcréditos, las tarjetas revolving o los préstamos rápidos en plataformas digitales, y limita temporalmente al 22% el interés que se puede cobrar de forma general.

Con esta normativa, el Ejecutivo busca reforzar la protección de los consumidores, sobre todo de los más vulnerables, y también dar seguridad jurídica a los operadores para garantizar unas reglas "homogéneas y predecibles".

En esta línea, actualmente al contratar una tarjeta de crédito hay que tener en cuenta que lleva un límite de disposición, es decir, se pacta con la entidad bancaria un tope antes de activar la tarjeta.

En cambio, el Gobierno ha puesto el foco en que los bancos amplíen el límite de gasto o incluso emitan nuevas tarjetas sin la necesidad de que el cliente lo haya pedido. Durante años, los bancos han ampliado el límite de tarjetas, incluso en ocasiones, han activado nuevas líneas de crédito sin que el cliente lo pidiera.

Por ello, con el anteproyecto, que aún debe superar la correspondiente tramitación parlamentaria, transpone las directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia.

Entre las novedades destaca la introducción de medidas de limitación de costes. El interés en términos de TAE (la tasa anual equivalente) se fijará a partir del interés medio del crédito al consumo al que se le añade un margen que se establece por tramos de importe del crédito en el desarrollo reglamentario.

Para créditos de hasta 1.500 euros, 15 puntos porcentuales; para importes superiores pero que no lleguen a 6.000 euros, 10 puntos porcentuales, y para cantidades mayores a pagar en menos de 8 años, 8 puntos porcentuales.

Hasta la entrada en vigor del real decreto, se establece un límite máximo transitorio del 22% aplicable a las nuevas operaciones tras su entrada en vigor.

Este límite será aplicable también a la liquidación de las operaciones de tarjetas "revolving", que permiten aplazar pagos mensuales mediante una cuota fija o un porcentaje de la deuda.

En cualquier caso, los límites se actualizarán y publicarán por el Banco de España trimestralmente por adelantado.

Otra novedad es que solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España.

Para aumentar la concurrencia y dar entrada a operadores no regulados se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado y los prestamistas de alto coste autorizados.