Ousmane Dembelé no jugará el clásico. Así lo ha confirmado el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol en una resolución publicada este mismo miércoles.
La RFEF informó a través de un comunicado oficial sobre la sanción de dos partidos al delantero francés. Añadió, además, una multa accesoria de 700 euros al FC Barcelona y otra de 600 euros al jugador, en aplicación al Código Disciplinario.
El Comité rechaza así las alegaciones presentadas por el Barça para retirar o, al menos, conseguir atenuar la sanción. Así lo exponen: "De este modo, no se aprecia en ninguno de los casos un error material manifiesto. En consecuencia, se desestiman las alegaciones formuladas, con las consecuencias disciplinarias que se derivan de las referidas expulsiones, agrega el comunicado.
El Barça, sin embargo, aún tiene margen para recurrir la resolución en apelación, aunque el contudente dictámen de competición no invita al optimismo. Lo más probable es que Dembelé se quede sin jugar el Barça-Madrid. La buena noticia para los culés es que Ansu Fati sí que estará disponible ya que no viaja con la selección española al Mundial sub-17.
A continuación, la resolución completa firmada por la presidenta del comité, Carmen Pérez González:
Vistas las alegaciones y las pruebas videográficas aportadas por el Fútbol Club Barcelona, este Comité de Competición considera: Primero.- Alega el FC Barcelona en relación a las expulsiones de los jugadores don Ronald Federico Araujo Da Silva y don Masour Ousmane Dembele en el referido encuentro. Considera el club que el acta arbitral refleja sendos errores materiales manifiestos cuando señala que el jugador Sr. Araujo Da Silva derribó a un contrario en la disputa del balón impidiendo una ocasión manifiesta de gol, y cuando entiende que el jugador Sr. Dembele se dirigió al árbitro gritando “muy malo, muy malo”, cuando en realidad decía “muy mal, muy mal”.
Segundo.Tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de las pruebas aportadas, este Comité entiende que no se deduce con evidencia la existencia de errores materiales manifiestos, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta, en aplicación de los artículos 27 y 130 del Código Disciplinario vigente. En efecto, del visionado de las imágenes se deduce: 1.- En el caso de don Ronald Federico Araujo Da Silva se acredita la existencia de contacto y derribo del rival, siendo una apreciación subjetiva del árbitro valorar si la jugada constituía una ocasión manifiesta de gol; y 2.- En el caso de don Masour Ousmane Dembele, no se desvirtúan de ninguna manera las expresiones contenidas en el acta.
De este modo, no se aprecia en ninguno de los casos un error material manifiesto. En consecuencia, se desestiman las alegaciones formuladas, con las consecuencias disciplinarias que se derivan de las referidas expulsiones.