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El presidente de la Liga, Javier Tebas, vuelve a jugarse la inhabilitación. El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha abierto un expediente por infracción muy grave al máximo dirigente de la patronal. El Consejo Superior de Deportes (CSD) ya había elevado al TAD un escrito de denuncia remitido por el presidente del Centro Nacional de Formación de Entrenadores de Fútbol (CENAFE), Miguel Galán. El denunciante advertía de "cinco infracciones muy graves" en un caso que afecta directamente al FC Barcelona. Joan Laporta sale vencedor de su cruzada por la venta de los palcos Vip del Camp Nou.

Tras la formalización del expediente sancionador, Tebas se expone a sanciones que abarcan desde una amonestación pública que ya recibió en septiembre de 2024, por una denuncia del Real Madrid. En el peor de los casos, el castigo implicaría una inhabilitación de dos meses, de un año o, incluso, la destitución de sus funciones al frente de la Liga. 

El deber de confidencialidad

El ente rector del fútbol profesional español habría vulnerado la privacidad y, por lo tanto, el deber de confidencialidad, sobre las cuentas del club azulgrana. El 2 de abril de 2025, la patronal desveló en un comunicado que la institución catalana no había registrado a tiempo la documentación sobre la comercialización de 475 licencias personales de asientos de lujo por 100 millones de euros.

'Render' de los palcos VIP del nuevo Camp Nou FCB

Cinco días más tarde, el Barça respondió con un comunicado en el que clamaba contra el incumplimiento del deber de confidencialidad. En consecuencia, la Liga borró su comunicado. La junta directiva encabezada por Laporta no llevó a cabo ninguna medida legal contra la patronal. 

La denuncia de Galán

Por ello, Galán presentó ante el CSD un escrito de 51 páginas. "Lamentablemente, el presidente del Fútbol Club Barcelona, tras emitir un comunicado condenando y denunciando la infracción, no ha tomado ninguna medida efectiva para abordar la situación. Por lo tanto, me siento obligado a denunciar las faltas cometidas por el presidente de la Liga", manifestó a Diario As.

El artículo 5 sobre el deber de confidencialidad de las Normas de Elaboración de Presupuestos de Clubes/SADs de la Liga Captura de pantalla

El artículo 5 de la normativa de elaboración de presupuestos de la Liga recoge el citado deber: "Las informaciones, datos y documentos que los clubes/SADs faciliten a la Liga en cumplimiento de estas normas tendrán carácter confidencial y quedarán sujetos a la normativa en materia de protección de datos, sin perjuicio de las obligaciones que se deriven de los requerimientos de información de los órganos judiciales y administrativos".

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