Pablo Martín Páez Gavira, más conocido como Gavi, ya puede ser inscrito como jugador del primer equipo del FC Barcelona. El juzgado de lo mercantil número 12 de Barcelona ha emitido este martes un auto de medidas cautelares que permitirá la inscripción del futbolista sevillano. El Barça presentó una demanda para impugnar la denegación sobre la inscripción de Gavi decretada por la Liga y, al menos de momento, la justicia falla en favor del club azulgrana.
Esta ha sido la resolución emitida por el citado juzgado, a la que ha tenido acceso Culemanía: "DISPONGO: que estimando la solicitud de medidas cautelares instada por la representación de la entidad deportiva Futbol Club Barcelona frente a Liga Nacional de Futbol Profesional, ordeno:
a) La suspensión cautelar de los efectos de la decisión del Órgano de Validación de Presupuestos de La LIGA de 25 de enero de 2023, que deniega al FCB el registro en el sistema LaLiga Manager del contrato de fecha 15 de septiembre de 2022 y la adscripción del jugador Pablo Páez Gavira “Gavi” al primer equipo del FCB.
b) Exijo a la Liga Nacional de Futbol Profesional que, con carácter inmediato tras la notificación del correspondiente Auto, permita la realización al FCB de los trámites necesarios en La Liga Manager para obtener el registro del contrato de fecha 15 de septiembre de 2022 y la adscripción del Jugador al primer equipo del FCB antes de las 23:59:59 h. del próximo martes 31 de enero de 2023".
Medidas cautelares y demanda
Tal y como recoge la resolución: "La representación del Futbol Club Barcelona (FCB) presentó el 27 de enero de 2023 una solicitud de medidas cautelares previas a la interposición de una futura demanda en la que se anunciaba el ejercicio de acciones civiles de defensa de la competencia y, subsidiariamente, de competencia desleal. La solicitud de medidas se dirigía frente a la Liga Nacional de Futbol Profesional (identificada en la demanda como LFP o La LIGA).
Las medidas se solicitaban antes de la interposición de la demanda de juicio ordinario correspondiente y con la petición expresa de que se adoptaran sin audiencia a la parte demandada, amparándose en razones de urgencia que desarrollaba en la solicitud.
Las medidas cautelares solicitabas se referían a la inscripción en el registro de la LFP del contrato de trabajo firmado por el Futbol Club Barcelona con Pablo Páez Gavira (conocido como Gavi) el 15 de septiembre de 2022".
Los argumentos del juzgado
1.2. Gavi tenía un contrato laboral previo, firmado el 7 de septiembre de 2020 y con vigencia hasta el 30 de junio de 2023.
1.3. Se aporta como documento no 7 de la demanda el nuevo contrato de trabajo que el FCB firmó con Gavi el 15 de septiembre de 2022. El contrato tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2026 y supone una mejora sustancial de las condiciones económicas del jugador. Se establece una cláusula rescisoria que permitiría a Gavi resolver anticipadamente el contrato, siempre y cuando se indemnizara al FCB con una cantidad fijada en mil millones de euros (identificada como cláusula rescisoria).
El contrato establece como condición para que se aplique esta cláusula indemnizatoria que el jugador esté adscrito al primer equipo del FCB antes de las 23 horas, 59 minutos y 59 segundos del día 31 de enero de 2023. La particularidad de esta fecha es que a esa hora se cierra el llamado mercado de fichajes de invierno, que permite a los clubes de futbol europeos y sociedades deportivas contratar nuevos jugadores para intervenir en las distintas competiciones nacionales y europeas. Impidiendo nuevas incorporaciones a los registros de las diferentes entidades gestoras de las ligas de los distintos países europeos hasta finales de junio del año 2023.
Es decir, si Gavi no está inscrito en el registro dependiente de la LFP antes de la hora indicada, podría comunicar al FCB su voluntad de rescindir el contrato laboral antes del plazo pactado y el FCB no podría reclamarle la indemnización establecida en el contrato. En la demanda (folio 15) se reproduce la cláusula 3.2. del contrato y se afirma que «si a 30 de junio de 2023 -es decir, un día antes de que dé inicio la “ventana de verano”- el Jugador no está inscrito como jugador del primer equipo, Gavi podría resolver “a coste cero” el Contrato con la simple notificación de dicha voluntad resolutoria antes del 15 de julio de 2023, en cuyo caso el Club no tendría derecho a compensación alguna.»
Antecedentes
El FCB comunicó a la LFP la firma del nuevo contrato con Gavi a finales de septiembre de 2022 (documento no 27), pero no activó los mecanismos para que ese contrato se
incorporara al sistema de registro gestionado por la LFP hasta el 24 de enero de 2023, por medio de un correo electrónico (documento 28 de la demanda). En ese correo se indicaba que en el caso de Gavi se trataba de un nuevo contrato, no de la renovación de un contrato existente, y que el jugador dejaba de disponer de visado para jugar, para incorporarse a la plantilla formal del Club, ya que se habían producido las bajas de otros jugadores que aparecían en la lista oficial de 19 jugadores remitida a principio de temporada (en concreto, Memphis Depay y Gerard Piqué).
La LFP permitía la comunicación de altas y bajas de jugadores por medio de una aplicación informática (LaLIGA Manager) que permite la remisión por correo.
El 25 de enero de 2023 (documento 31) la LFP comunicó, también por correo las razones por las que no acordaba la inscripción formal del jugador en el registro de La LIGA.
El 27 de enero de 2023 (documento 32) el FCB formalizó recurso ante el Comité de Control Económico de la Liga para que revocara la decisión inicial de no inscribir el contrato, así como de la urgencia en resolver el recurso.