Cristóbal Martell porta la toga elegida para defender los intereses del hombre más repudiado de la última semana en España. El futbolista Daniel Alves da Silva, en prisión provisional desde el pasado viernes 20 de enero, se expone a una condena que podría oscilar entre los cuatro y los 15 años de cárcel por un supuesto delito de agresión sexual --en este caso, con penetración, lo que descartaría el antiguo abuso sexual para adentrarse en el terreno de la violación-- recogido en los artículos 179 y 180 del Código Penal. El reputado abogado grancanario, nacido en Caracas y afincado en Barcelona desde que estudió con sobresaliente éxito la carrera de derecho en la Autónoma, últimamente más especializado en derecho penal económico que en asuntos carnales, se enfrenta al escenario dantesco de conseguir que el exjugador del Barça no parezca un violador a ojos del mundo entero. Su defensa, más allá de obtener la solución penal más favorable para su representado, tendrá la misión de hacer un lavado de imagen que a día de hoy se antoja imposible, como la excesiva saga protagonizada por Tom Cruise.
Alejado en la medida de lo posible de los medios de comunicación gracias a la solvente --y creíble-- excusa de que ha sido recientemente intervenido de cataratas, el prestigioso letrado prepara una estrategia que va más allá del derecho penal de manual. Martell, que ya sabe lo que es gobernar la escena del crimen eclipsado por los flashes que envuelven el entorno Barça con la defensa de Messi por defraudar a Hacienda y la del propio FC Barcelona por ese mismo delito derivado del fichaje de Neymar, aboga por la prudencia mientras gana tiempo para construir un relato creíble que pueda maquillar la infame reputación que tiene ahora mismo su cliente y pueda, al menos, convencer a los que no quieren creer que Dani Alves es un delincuente despiadado y sin escrúpulos.
Pena de telediario
El primer soplo de aire que Martell y su equipo de abogados han logrado en esta larga maratón que empezaron el lunes ha consistido en una prórroga de los plazos para presentar el recurso sobre la prisión provisional y sin fianza aplicada sobre Dani Alves la semana pasada. El primer objetivo pasa por convencer a la jueza de que Alves es un buen chico, asustado por la situación en la que se ve inmerso, pero dispuesto a cumplir y respetar las leyes españolas. Tras ser despedido de los Pumas de México, no tiene motivos para salir del país y hay medidas menos lesivas para su imagen como podría ser la retirada de su pasaporte en el caso de apreciarse riesgo de fuga. Por todo ello, tratarán de conseguir que se retire esta medida, que en realidad fue dictada más por la aparente evidencia de las pruebas incriminatorias que por el hipotético riesgo de fuga.
Más allá de cómo se resuleva el tema del recurso, la misión imposible a la que se enfrenta el despacho Martell Abogados es la de mantener la presunción de inocencia de su representado. Una tarea compleja en vista del estruendo mediático y las descaradas filtraciones desde Mossos d'Esquadra que día a día escudriñan nuevos detalles morbosos del caso --del mismo modo que ocurre, por poner otro ejemplo en clave azulgrana, con el Barçagate-- que contribuyen a demonizar a un Dani Alves que nunca tuvo mucho de Santo a pesar de su confesa, y tatuada, fe religiosa. A ojos de la ley, un tipo sin antecedentes penales será más ángel que demonio hasta que se demuestre lo contrario. Lo que ocurra a ojos de la opinión pública ya es otro cantar, y no entiende de leyes. Es la cruda pena de telediario.
En busca de la inocencia, ¿o de la pena menos lesiva?
Pero si retomamos el camino de la legislación, la cosa no pinta demasiado bien. Las contradicciones de la versión de Alves frente a la verosimilitud del relato de la víctima, los numerosos testimonios en contra del futbolista, las grabaciones de las videocámaras de la discoteca Sutton, el tatuaje en una zona íntima reconocido por la presunta agredida y la recogida de restos de flujos seminales que deben ser cotejados con el ADN del atleta brasileño hacen pensar que Alves cumplirá una condena según las penas previstas en el artículo 179 CP: de 4 a 12 años.
Llegados a este punto, y aunque el papel de Martell y su séquito de letrados acaba de comenzar en esta instrucción, da la sensación de que la verdadera misión de la defensa no será demostrar la inocencia de su representado sino conseguir el mayor número de atenuantes para obtener la menor pena posible. Por ejemplo, el artículo 180 CP enumera todas las agravantes del delito de agresión sexual que pueden suponer una aplicación elevada de las penas de entre 7 y 15 años. La mayoría de esas agravantes no concurren en el caso que hoy nos ocupa, sin embargo hay una de ellas que podría hacerlo, la segunda: "Comisión del delito precedida o acompañada de una violencia de extrema gravedad o de actos que revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio".
Entre agravantes y atenuantes
Las versiones que han circulado en distintos medios como El Periódico, El Mundo o La Vanguardia sobre el testimonio de la víctima, de tan solo 23 años, hablan de que hubo bofetadas, que la tiró al suelo, trató de obligarla a hacer cosas a las que se negaba --tocamientos, felaciones-- y le pidió que le dijese que era "su putita", además de penetrarla sin su consentimiento hasta eyacular. Será la jueza quien decida si estamos ante extrema violencia o un trato degradante y vejatorio. Desde luego, la tarea de Martell consistirá en demostrar que no fue así. Visto como está hoy el caso, todo lo que sea conseguir una condena de 4 a 7 años de cárcel, parecerá un éxito.