¡Esa es la conclusión final! La Liga ACB está cerca de recibir las ayudas por parte del Gobierno de España para paliar la crisis económica provocada por el coronavirus y su pandemia. El órgano que las otorgará es el Consejo Superior de Deportes. De hecho, ya han sido adjudicadas provisionalmente pero de una manera muy dispar. El Real Madrid recibirá más dinero que el FC Barcelona.
Mirotic, en una acción ante el Tenerife en la Liga ACB / FCB
El conjunto presidido por Florentino Pérez se embolsará 989.041 euros. Es decir, casi un millón de euros. Por su parte el FC Barcelona ingresará bastante menos que los blancos: Una cantidad de 677.980 euros. Hay una diferencia notable de 312.000 euros. Una desigualdad por parte del CSD.
El documento en el que se detalla la ayuda concedida por el CSD publicado en el Boletín Oficial del Estado refleja que el reparto es provisional ya que dará lugar a la presentación de alegaciones por parte de los clubes beneficiarios.
El CSD rompe una regla
El Consejo Superior de Deportes fijó una norma basada en que ninguno de los actuales clubes de la Liga de baloncesto española podría superar un límite fijado por el propio organismo gubernamental.
Una acción del Clásico de baloncesto entre Barça y Real Madrid / Redes
Así decía: "El importe que podrá recibir cada beneficiario será el que corresponda una vez examinados los documentos presentados con la solicitud con un máximo de 800.000,00 euros". Por lo tanto, el Real Madrid, al percibir casi un millón de euros, estaría teniendo un trato de favor tanto por la norma como por la cuantía en sí. El FC Barcelona, el otro grande, perjudicado.
Una subvención extraña
El Consejo Superior de Deportes, que está presidido por José Manuel Franco, repartirá el 20% de la ayuda total que recibirán los clubes españolas en la ACB solamente a Barça y Madrid. Ellos dos aglutinarán una quinta parte del montón. El total de lo que el Gobierno de España repartirá es una cantidad de ocho millones de euros.
José Manuel Franco y Pedro Sánchez en una rueda de prensa del PSOE / EFE
El Real Madrid recibirá 800.000 euros máximos fijados por desgaste Covid además de 189.041 euros por gastos sanitarios. De esa manera, quedaría ‘justificado’ el reparto del CSD que resulta dispar y desigual.
A pesar de que el Gobierno de Pedro Sánchez otorgará ocho millones de euros, los clubes de la ACB pedían otra cantidad, calculada club por club. La suma de la demanda de todos los miembros de la liga española alcanzaba los 19.3 millones de euros. Lo que supone menos de la mitad de lo solicitado inicialmente.
El reparto del CSD
Mientras que Madrid, con 989.041 euros, y el Barça con 677.980 euros, hay otro club que recibe casi lo mismo que los catalanes: el Unicaja. Los malagueños percibirán 600.000 euros. Eso sí, hay equipos que recibirán mucho menos que los grandes.
Imagen del Palau Blaugrana, con el actual videomarcador / ARCHIVO
Como por ejemplo el Real Betis, que percibirá únicamente 186.738 euros. Por no hablar del caso especial del Estudiantes. Los madrileños no verán ni un euro de la subvención del Consejo Superior de Deportes al no haber solucionado sus problemas con el Ministerio de Hacienda.
El Burgos es otro de los clubes que se quejarán por la ínfima cantidad. Recibirán, provisionalmente, 484.901 euros mientras que dos tercios del total de sus ingresos provienen de la taquilla. Con lo que se convierte en la entidad más perjudicada. El reparto dará lugar a alegaciones, presumiblemente.
El reparto, íntegro
Real Madrid 989.041€
FC Barcelona 677.980€
Unicaja 609.849€
Valencia Basket 516.210€
BitCi Baskonia 512.218€
Casademont Zaragoza 494.339€
Hereda San Pablo Burgos 484.901€
Joventut 452.266€
Surne Bilbao Basket 429.634€
Lenovo Tenerife 386.809€
Monbus Obradoiro 353.458€
Gran Canaria 312.056€
Baxi Manresa 286.204€
UCAM Murcia 253.794€
MoraBanc Andorra 236.306€
Acunsa Gipuzkoa 231.728€
Baloncesto Fuenlabrada 204.836€
Coosur Real Betis 186.738€
Movistar Estudiantes 0
El texto del BOE, íntegro
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/590075)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Clubes de Baloncesto y Sociedades Anónimas Deportivas que hayan participado en la Liga ACB durante la temporada 2020/2021, acrediten encontrarse en alguno de los supuestos previstos en la Convocatoria y cumplan los requisitos establecidos en la misma.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a clubes de baloncesto que hayan participado en la Liga ACB en la temporada 2020/2021.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo que podrá concederse para estas ayudas será de un importe máximo de 8.000.000 € con cargo al crédito 24.106.336A.474.01 "A Clubes de baloncesto pertenecientes a la Liga ACB"
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la presente Resolución.
En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse ante la ACB, que actúa en condición de entidad colaboradora, quién trasladará al CSD los documentos e información previstos en el convenio suscrito con este Organismo.
Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del CSD https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento=129&idRes=46,
que deberá estar firmada en todo caso por representante legal. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de referencia.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre y por lo dispuesto en la convocatoria.
Madrid, 14 de octubre de 2021.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.