La junta directiva de Josep Maria Bartomeu todavía no ha convocado la moción de censura de apoyo al presidente. Según los estatutos, debería celebrarse como muy tarde el próximo 2 de octubre. El FC Barcelona tenía entre 10 y 20 días hábiles a partir del 9 de octubre para convocar los socios a las urnas.
Tras conocer la denuncia del club a la Guardia Civil por la posible falsificación de algunas de las firmas de los socios que avalan la moción de censura, este jueves conocemos que se ha puesto en manos de los servicios jurídicos externos de la entidad la viabilidad celebrar el voto de censura. En este caso, se esgrimen motivos sanitarios.
En manos de los abogados
Según unos documentos del bufete Baker McKenzie a los que ha tenido acceso El País, se explica que “resulta legalmente imposible” votar la moción de censura teniendo en cuenta las restricciones normativas que anunció la Generalitat de Catalunya este miércoles por la tarde.
“En particular, la consulta versa sobre si la realización del acto de votación en el voto de censura requiere convocatoria y celebración de Asamblea General del Club y si tal reunión y votación puede celebrarse de forma presencial o a distancia en modo remoto, en el momento actual”, apunta el documento.
Bartomeu, en el palco del Palau en la final de la Champions / FC Barcelona
Según la ley catalana (decreto 58/2010), en las entidades deportivas, “la votación del voto de censura debe tener lugar en Asamblea General, mediante votación directa y presencial, quedando prohibida expresamente el uso de la fórmula de compromisarios”, algo que no contempla los estatutos del Barça. La entidad se acoge a un real decreto que incluye medidas “de flexibilización del funcionamiento no presencial de órganos de las personas jurídicas, en el ámbito estatal, incluidas las asociaciones”.
“El derecho de reunión asociado a la participación en órganos colegiados de personas jurídicas, el funcionamiento de los órganos presenciales de personas jurídicas y la posibilidad de votación presencial se hallan, no obstante, en la actualidad seriamente impactados por la situación de la pandemia por COVID-19 y las restricciones sanitarias”, apuntan los abogados.
El documento termina con un “en ningún caso podrán convocarse ni celebrarse asambleas generales a distancia que tengan por objeto: A) Modificar los estatutos y reglamentos de la entidad; b) Elegir los miembros de la junta directiva; c) Aprobar el voto de censura” y un “la mesa del voto de censura deberá contemplar cuanto antecede y advertir, en su caso, a la junta directiva del club sobre la referida imposibilidad legal”.
Pendientes del protocolo
La Generalitat de Catalunya, a través de la Secretaria General de l’Esport, no han vuelto a mojarse sobre la moción pese a las nuevas medidas restrictivas. Ahora, el balón está en el tejado del Barça, que es quien tiene que hacer una propuesta de protocolo sobre las condiciones en las que se celebraría el referéndum.
Gerard Figueras en un acto / EFE
A todo esto, el club ya ha recurrido a un equipo de abogados para saber la viabilidad de celebrar la moción de censura contra Josep Maria Bartomeu por motivos sanitarios. El reloj sigue corriendo mientras la junta directiva ni se ha reunido ni ha propuesto fechas por el referéndum.