Imagen de archivo de los Boixos Nois durante un corteo / EFE

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Culemaníacos

Cuatro años de cárcel para Ricardo Mateo, líder de la facción más radical de los Boixos Nois

El Supremo le ha condenado a cuatro años por blanquear dinero en Andorra

25 octubre, 2019 21:31

Duro golpe a la facción más violenta de los Boixos Nois, los Casuals. Y es que el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y medio de prisión y multa de 1.300.000 euros a Ricardo Mateo, uno de los líderes del grupo ultra del Barça, por blanquear más de 670.000 euros con falsos premios de lotería y cuentas en Andorra.

Esta no es la primera condena del Supremo contra el líder de los Casuals, ya que, según informa EFE, ya recibió una primera en 2015 de 15 años y nueve meses por varios delitos relacionados con robos, tráfico de drogas y palizas.

Los hechos probados narran la amplia actividad delictiva de Mateo, condenado por multitud de delitos, entre ellos tráfico de sustancias estupefacientes, robos violentos o extorsiones, entre otros. Además, en la sentencia también se detalla la constitución de sociedades, negocios deficitarios, compra de inmuebles, joyas, vehículos de alta gama, falsos premios de lotería, así como el ingreso de 247.000 euros en cuentas bancarias en Andorra. Por la que el Tribunal consideró probado que el acusado, junto a su esposa, blanquearon un total de 673.299 euros.

Criminalizar el blanqueo

Por otra parte, la sentencia destaca también la importancia de perseguir el delito de blanqueo de capitales para evitar que se convierta en una actividad rentable. Los magistrados argumentan que criminalizar este delito es muy importante porque permite capturar al delincuente en función de sus flujos económicos, que es donde se encuentra "el punto débil" de las redes delictivas.

Además, el Supremo explica que el blanqueo se vertebra en tres fases sucesivas y enlazadas: la colocación de los capitales en el mercado, la distracción para disimular su origen delictivo y por último la reintegración del dinero, ya blanqueado, que vuelve a su titular.

Finalmente, el Tribunal incluye en la sentencia toda la doctrina que ha ido perfilando el Supremo durante los últimos años sobre este delito, que no requiere la descripción detallada de la previa actividad delictiva, aunque está actividad criminal se tiene que concretar mínimamente.

Y para acabar, se reconoce la dificultad de la investigación para desentrañar los mecanismos de ocultación ideados por el delincuente, para dar apariencia de normalidad empresarial y tener así cobertura para camuflar las ganancias derivadas de actuaciones delictivas.