Condenan una enfermera por avisar a un padre que su hijo no era suyo
La sanitaria recibe una sentencia de dos años de prisión y una indemnización por saltarse su secreto profesional
24 junio, 2021 23:35Condenada una enfermera que se saltó el secreto profesional para informar al padre de un bebé en gestación que el niño no era suyo. La sanitaria accedió a la historia clínica de la madre, consultó unos análisis que le pusieron sobre la pista y avisó al padre. Ahora se enfrenta a dos años de prisión.
El suceso ocurrió en un centro médico de Lugo, en Galicia. La sanitaria ha sido juzgada por revelación de secretos, algo que la sala que la ha condenado ve probado. El delito se sustenta en el hecho de que la profesional accedió a la historia clínica de una paciente sin su consentimiento. Tras ello, decidió decirle a la pareja de la madre que el hijo que ambos esperaban no era suyo.
"Resultado de los análisis"
Según el escrito de la Fiscalía, la acusación en el caso, la enfermera "puso en conocimiento de la pareja sentimental de la paciente el resultado de los análisis" que se encontraban en el historial clínico de la mujer. Con eso exámenes, la sanitaria se cercioró de que el tiempo de gestación no correspondía con la duración de la relación entre madre y padre.
No obstante, la visita la sistema informático de la sanitaria quedó registrada en el sistema. Pese a ello, ésta se dirigió al padre y le comunicó que el bebé que esperaba su pareja no era suyo.
Delito de revelación de secretos
Tuviera buena o mala intención, la profesional cometió un delito de revelación de secretos, recogido en el artículo 197 del Código Penal. Por ello, Fiscalía pidió al inicio del procedimiento una pena de cuatro años de prisión y una indemnización de 3.000 euros para la paciente perjudicada.
La condenada acudió al juicio habiendo compensado a la madre, por lo que el juez consideró que ello era un atenuante por reparación de daño. El ministerio público y la defensa llegaron entonces a un acuerdo con arreglo al cual la cuidadora ha aceptado una pena de dos años de prisión y una multa de 1.500 euros.