Una foto de representativa de un juicio cárcel

Una foto de representativa de un juicio cárcel

Sucesos

Condenado por abusar de una niña y absuelto por abusar de la madre

Los delitos cometidos sobre la madre cuando era menor han prescrito y no se puede demostrar que usara violencia o intimidación

29 marzo, 2018 12:17

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre por abusos sexuales a su sobrina política de nueve años, pero lo ha absuelto del mismo delito a la madre de ésta. El caso ha levantado la polémica tras darse a conocer que el juez no contempla la reiteración del delito durante décadas.

Todo empezó en 1973, hace 45 años. El acusado empezó a abusar de en aquel momento una niña, hechos que se perpetraron hasta pasado su mayoría de edad, concretamente hasta 2008 --delito que no habría prescrito. Ahora, esa menor tiene 45 años y una hija de la que, el mismo hombre, ha estado abusando. La defensa que ha encontrado el individuo ha sido el matrimonio de la madre

Se desconoce cuáles eran los motivos, pero incluso después de casarse y "sin advertir a su esposo de lo que estaba sucediendo" la víctima mantuvo encuentros con el procesado sin que hubiese violencia probada por parte del acusado. El Tribunal ha recordado que para que exista delito de agresión sexual ha de existir la concurrencia de violencia o intimidación y, en este caso, dicen los jueces, no hubo ni una cosa ni otra cuando la víctima ya era mayor.

Abusos a su hija

"Bastaba con que el acusado manifestara su deseo de mantener relaciones sexuales para que ella se sometiese a las mismas. Incluso le franqueaba la entrada a su domicilio durante su etapa de casada, sin advertir a su esposo de lo que le estaba sucediendo", sostiene el tribunal, que añade: "Es difícil saber la razón concreta de por qué la víctima actuaba de ese modo". La víctima explicó que cuando se enteró que le hacía lo mismo a su hija y se lo reprochó, el acusado le respondió: "O lo haces tú o lo hace la niña". El Supremo no ve en la actuación del hombre esa intimidación necesaria para que sea delito y así poder condenarlo. 

En total deberá pagar una multa de 1.260 euros por abusos a una menor y ingresará en prisión, aunque no se ha determinado cuanto todavía. Además, se encontraron vídeo pedófiles en su ordenador personal, pero al no encontrar evidencias de que hubiera compartido el contenido no fue condenado más que a un delito de posesión de material pronográfico en los que se vejaron a menores de edad.