El Tribunal Supremo ha condenado al Parque Warner a pagar una indemnización de más de 321.450 euros por usar música sin permiso en sus instalaciones. El alto tribunal confirma una sentencia anterior, por la que el parque temático de la localidad madrileña de San Martín de la Vega debe indemnizar a dos sociedades gestoras de derechos de autor, por la música pinchada sin autorización en el recinto entre los años 2002 y 2008
Según una sentencia divulgada este lunes, el Supremo ratifica la condena de la Audiencia Provincial de Madrid septiembre de 2013 que condenó al parque temático a indemnizar a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y la Asociación de Artistas e Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), que fueron quienes iniciaron el procedimiento con una demanda conjunta.
En la demanda, las dos sociedades gestoras de derechos de autor reclamaban la remuneración equitativa que les correspondía por la comunicación pública de fonogramas. También exigieron el cese de su uso mientras no el Parque Warner no obtuviera la correspondiente autorización.
Uso intenso de la música
Aludiendo a la sentencia de la Audiencia, el Supremo recalca que ha quedado acreditado que el uso de repertorio gestionado por estas sociedades para amenizar musicalmente el parque fue intenso y continuado, y alcanzaba la totalidad del recinto.
"La comunicación pública de fonogramas se hizo en todas las zonas de esparcimiento y ocio del parque, incluyendo los viales de tránsito del parque, las atracciones y locales de restauración y de venta al público de artículos promocionales", recoge la sentencia.