Imagen de la planta noble del Colegio Notarial de Cataluña
"Las opciones de compra están dentro de la legalidad"
El notario citado en una causa judicial por esta práctica se defiende: "Pasan dos filtros: los notarios y los registradores"
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"Las opciones de compra están dentro de la legalidad". Es la versión de Sergi González, el notario de Barcelona al que un juzgado de Barcelona ha citado como investigado por avalar la firma de estos acuerdos entre particulares.
En una carta remitida a este medio, el fedatario se defiende y recuerda que las opciones "están admitidas en la legalidad catalana".
En la nota, González subraya que estas firmas "son legales". Incluso en los supuestos en que "tengan una finalidad de financiación". En estos casos, los protocolos ratificados ante notario "están admitidas en la legislación catalana".
"Seguridad jurídica"
El profesional insiste en que los pactos de esta índole "aportan seguridad jurídica". Es así porque las opciones de compra "pasan un doble filtro de legalidad".
Ese blindaje doble es que constituye la autorización notarial y la posterior inscripción por parte de los registradores.
Ello antes de que se ejecute la garantía, cuando se vuelven a activar los dos profesionales para mayor certidumbre de todas las partes.
"Innumerables notarios las firman"
En cualquier caso, la investigación del juzgado 32 no acota la práctica a esta notaría barcelonesa. "Están autorizadas por innumerables notarios", enfatiza el profesional.
Como explicó este medio, unos 150 notarios de toda España han albergado firmas de estas ententes administrativas.
Entre ellos, docenas de fedatarios en Barcelona y otras docenas en Madrid, incluyendo al veterano Salvador Farrés o a la joven promesa madrileña Alejandro Miguel Velasco, por citar dos ejemplos.
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El Colegio, que avala la legalidad de la operación, contabiliza cerca de 1.000 operaciones al año, una actividad muy minoritaria en el cómputo global de la profesión. Pero han tenido lugar en un abanico de oficinas, no solo en una.
"Dentro de la ley"
Desde la notaría concernida, González hace hincapié en que "las consecuencias del cumplimiento de las opciones de compra son exigibles dentro de la ley", puesto que las rige el Código Civil catalán.
Y "en ningún caso imputables a la actuación notarial", lo que quitaría fuerza, en su opinión, a la causa que se sigue en el juzgado barcelonés.