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La Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon) ha presentado alegaciones al Anteproyecto de Ley aprobado por el Gobierno que pretende extender la prohibición de fumar en locales públicos a las terrazas y espacios al aire libre pertenecientes a estos establecimientos. 

En opinión de la patronal, la modificación de la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, podría tener un efecto perverso, dado que el endurecimiento de la prohibición contribuirá a mayores aglomeraciones en la vía pública. Un elemento que traería consigo el incremento de ruidos y potenciales problemas con los vecinos.

Así, la organización empresarial propone que los negocios con terrazas y espacios en el exterior puedan habilitar en ellos una zona específica para fumadores. Esta demarcación sería señalizada de forma conveniente y también contaría con separación suficiente del resto.

Además, Fecalon considera que esta posibilidad tan sólo debería rechazarse en aquellos casos en los que los establecimientos no contaran con una zona en el exterior suficientemente ventilada.

Sin motivación científica

Con el argumento de la inexistencia de una razón científica que justifique la prohibición, Fecalon hace también hincapié en que la expulsión de aquellos clientes fumadores más allá del recinto del local derivaría en su concentración masiva en la vía pública. 

Un movimiento que generaría un incremento de contaminación y suciedad en zonas como portales de vivienda debido al aumento de la generación de residuos. 

La ministra de Sanidad, Mónica García Cedida

Fecalon considera paradójico que “una medida orientada a la protección de la salud derivará en un deterioro del entorno urbano y en un aumento de los conflictos entre clientes, vecinos y administraciones municipales”.

En un escrito de siete páginas dirigido a la ministra de Sanidad, Mónica García, la patronal catalana del ocio nocturno solicita además la eliminación en la futura modificación de la ley de que la responsabilidad ante el incumplimiento de la normativa recaiga solo en los propietarios del local.

En cambio, Fecalon sugiere que este precepto sólo se mantenga en el caso de que se observe una permisividad excesiva por parte de los responsables del local o un comportamiento negligente. En caso contrario, la patronal considera que debería ser el cliente incumplidor el que asumiera la sanción.