La Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos Personales (AEPD) ha acordado no admitir a trámite la reclamación presentada contra Quirón Prevención por parte de Facua. La asociación de consumidores había denunciado a la compañía médica por supuestamente utilizar ilegalmente los datos de los trabajadores para ofertarles nuevos servicios sin que dieran previamente su consentimiento.

Una vez analizadas las razones expuestas por la empresa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), la AEPD ha rechazado la reclamación de Facua, según recoge la resolución.

En concreto, la reclamación hacía referencia a una presunta vulneración del Artículo 5.1.b) del RGPD, relativo al deber de confidencialidad, el Artículo 6.1 del RGPD, referente al Tratamiento basado en el consentimiento del afectado y el Artículo 9 del RGPD, vinculado con las categorías especiales de datos.

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