Varapalo del abogado general de la Unión Europea a las limitaciones sobre vehículos de transporte con conductor (VTC) impulsadas por la alcaldesa Ada Colau. En sus conclusiones dadas a conocer este jueves, el letrado Maciej Szpunar considera que la ratio 1/30 entre VTC y taxi en el área metropolitana de Barcelona vulnera la libertad de establecimiento de operadores como Cabify, Uber y Bolt.
Esta libertad garantiza el derecho de los ciudadanos comunitarios a ejercer actividades económicas en cualquier país miembro. Pese a que los argumentos del abogado general no son vinculantes, sí suelen coincidir con el posicionamiento definitivo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Denuncia de Cabify
El caso parte de una denuncia contra la normativa de los VTC interpuesta por Prestige and Limousine SL, filial de Cabify, ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) --hay más de 10 pleitos planteados ante la segunda instancia catalana por la misma causa--. Pese a que el TSJC validó la ratio 1/30, el Supremo no lo vio de la misma forma y por eso elevó la cuestión hasta el tribunal de Luxemburgo.
El contencioso trae causa no solo de la ratio 1/30, que en la práctica impide que nuevos actores entren en el mercado del transporte privado con conductor. También recoge la polémica por los permisos específicos para operar en el área metropolitana de Barcelona, puesto que en su momento el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, dio luz verde a un régimen de doble autorización por parte de autonomías y ciudades.
Argumentos pro-VTC
En sus conclusiones, Szpunar sostiene que tanto el doble requisito de autorización como el tope de licencias constituyen una "restricción a esa libertad [de establecimiento]" en beneficio del taxi. En un comunicado [que puede consultarse aquí], considera que "la viabilidad económica de los servicios del taxi no puede por sí misma constituir una razón imperiosa de interés general".
"El mantenimiento de un equilibrio entre los servicios del taxi y de los VTC no puede considerarse una razón imperiosa de interés general válida. (...) Si la verdadera intención es establecer un sistema adecuado de transporte local privado, la ampliación de la oferta a través de la admisión de más VTC sería de mayor utilidad para solventar el problema".
Vuelco normativo
Por tanto, el abogado general "no concibe ningún argumento en favor de la idoneidad de la ratio de una autorización de VTC por cada treinta licencias de taxi para materializar las razones imperiosas de interés general". El letrado sí deja la puerta abierta a la doble autorización siempre y cuando no "se dupliquen los controles ya efectuados en otros procedimientos, ni en el mismo Estado miembro ni en ningún otro".
El planteamiento de Szpunar coincide tanto con la sentencia del Tribunal Supremo como con la doctrina de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). En caso de que el TJUE termine siguiendo la argumentación de su letrado, la normativa sobre VTC daría un vuelco no solo en Barcelona sino también en el conjunto de España, según las fuentes consultadas.