La justicia ha dado un varapalo a la Generalitat que supone una pequeña victoria para los hogares compartidos en Cataluña. El TSJC ha anulado parte del decreto de turismo del Govern, que regula este tipo de alquileres, aunque el Ejecutivo autonómico ya ha avanzado que recurrirá.

El fallo del TSJC, que ha trascendido hoy, anula parte de este decreto aprobado en 2020 para regular el alquiler de habitaciones a turistas con el argumento de que durante la tramitación de la normativa se obviaron trámites de información pública.

La sentencia no es firme

En un comunicado, el departamento de Empresa y Trabajo "niega el defecto de forma" apreciado por el TSJC en la tramitación legislativa y asegura que defenderá el procedimiento seguido para aprobar dicho decreto. En la misma línea, este departamento asegura que la sentencia no es firme y que "continuará velando por que el marco jurídico catalán facilite una correcta gestión de la actividad de alojamiento turístico".



En su sentencia, el alto tribunal catalán estima parcialmente el recurso presentado por la Asociación Vecinos y Anfitriones, que representa a personas que alquilan habitaciones a viajeros en su propio domicilio, para que se cumplan los "trámites formales de información pública omitidos" durante la tramitación del decreto. Según reconoce el TSJC, la última redacción del decreto, que fue aprobado en el año 2020, contenía "modificaciones sustanciales" con respecto al proyecto inicial que había sido sometido a información pública años antes.

Fallos en la información pública

"No se puede sostener que las variaciones fueran adjetivas o meramente superfluas", añade el fallo, que detalla que las modificaciones incorporadas en el decreto final establecían una limitación al número de días de la estancia y la capacidad de los hogares compartidos, además de introducir la necesidad de habilitación otorgada por el Departamento de Empresa.



Por todo ello, el alto tribunal anula el decreto para que se reabra el trámite de información pública "con las personas o entidades afectadas, dada la importancia de la regulación que se pretende y los condicionantes que se quieren introducir en la regulación de los hogares compartidos". Por su parte, el Govern ha advertido asimismo de que "permitir el alojamiento turístico alegal tendría consecuencias muy negativas en términos de fraude, vulneración de normas o garantías de los consumidores".

"Sigue firme" en la regulación

A juicio del departamento de Empresa, las modificaciones incluidas en el proyecto de decreto eran "accesorias y se referían a aspectos puntuales". La Generalitat también deja claro que su compromiso "sigue firme" con establecer un régimen jurídico para todas las actividades económicas de alquiler turístico desarrolladas en las viviendas.

En esta línea, ha subrayado que se entiende por vivienda compartida aquel alojamiento que es la vivienda principal y residencia efectiva de una persona y que esta comparte con terceras personas a cambio de una contraprestación económica durante un período igual o inferior a 31 días, pero recuerda que para ello la vivienda debe estar debidamente habilitada.