Domingo Parra, exCEO del Banco de Valencia / EUROPA PRESS

Domingo Parra, exCEO del Banco de Valencia / EUROPA PRESS

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El Supremo obliga a los directivos del Banco de Valencia a devolver 94 millones

El Alto Tribunal ratifica la responsabilidad civil fijada por la Audiencia Nacional, pero la rebaja en 1,1 millones para tres de los empresarios implicados en el caso de administración desleal

8 abril, 2022 18:22

El Tribunal Supremo ha ratificado que exdirectivos y empresarios condenados por el caso Banco de Valencia deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), aunque para tres de ellos ha acordado rebajar en 1,1 millones de euros la responsabilidad civil que la Audiencia Nacional había fijado en 93,9 millones de euros.

En su sentencia, la Sala de lo Penal ha corregido en parte la resolución que condenó al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra y a tres empresarios a devolver solidariamente el dinero al FROB, que tuvo que rescatar a la entidad con dinero público por el agujero que dejaron con prácticas de administración desleal.

Rebaja millonaria

En concreto, el Supremo ha acordado rebajar en 1,1 millones de euros la indemnización que en concepto de responsabilidad civil les fue impuesta a los empresarios María Victoria Soler, Vicente Fons y con carácter subsidiario a Rafael Ruiz-Jarabo y a las entidades Construcciones Valencia Constitución SA, Arlette Dome SL, Sapa SA, Bami Newco SA e Inmopark Alicante 92 SL.

El Alto Tribunal ha dado la razón a Ruiz-Jarabo, quien alegó que no tuvo participación en el perjuicio sufrido por el FROB por la capitalización de 1,1 millones de euros derivados de la actuación delictiva de Parra. Por tanto, ha considerado que "procede rebajar en esa cantidad la indemnización que le fue impuesta", al igual que a los cooperadores necesarios antes mencionados.

Absuelto por defunción

La Sala ha confirmado que la devolución de los préstamos en el caso Banco de Valencia no es suficiente para reparar el daño causado al FROB y ha ratificado la decisión de la Audiencia Nacional de delimitar los perjuicios sufridos por el FROB "con independencia del devenir final del préstamo". En el marco de la resolución, los magistrados también han considerado pertinente modificar parte de la sentencia de la Audiencia Nacional para absolver a Bautista Soler Crespo al considerar extinguida su responsabilidad criminal tras su fallecimiento.

 

Asimismo, han estimado rebajar la pena de María Victoria Soler y de Vicente Fons a un año y medio de prisión e inhabilitación para cada uno de ellos. Ambos fueron condenados como cooperadores necesarios de un delito continuado de administración desleal, con la concurrencia de atenuante de dilaciones indebidas. La Audiencia Nacional les había condenado a dos años de cárcel.

Seis meses de prisión

La Sala ha rebajado también la pena para Ruiz-Jarabo a seis meses de prisión e inhabilitación, condenado como cómplice criminalmente responsable de un delito continuado de administración desleal con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de confesión, reparación del daño y dilaciones indebidas. Así, consigue una disminución de tres meses frente a los nueve que le habían impuesto. El Supremo ha acordado mantener el resto de la sentencia emitida por la Audiencia Nacional por la que se condenó a Parra a una pena de un año y tres meses de cárcel.

La Audiencia Nacional concluyó que bajo el mando de Parra se dieron créditos sin control a Soler Crespo, Soler y Fons para comprar acciones de Metrovacesa. Según indicó, se hizo "sin un análisis de su viabilidad, incumpliendo su propio Manual sobre la concesión de créditos aprobado por el Consejo de Administración del Banco, sin la adecuada participación de los empleados de la entidad que tenían encomendados la función de análisis y evaluación de riesgos".