Golpe la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al negocio de la intermediación inmobiliaria. El organismo ha impuesto sanciones que totalizan 1,25 millones de euros a seis firmas de este segmento bajo la acusación de llevar a cabo acuerdos para la fijación de precios y, además, intercambiar información del mercado.
El regulador explica de que las compañías establecieron un sistema consistente en una base de datos que les permitía compartir inmuebles captados en régimen de exclusiva compartida.
Proceso desde 2002
Las empresas que han sido sancionadas por el organismo que preside Cani Fernández, Idealista, Remaz, Inmovilia, Look & Find, Witei y Anaconda, formaban parte de este sistema, en cuyo desarrollo participaron en algún momento del proceso.
Concretamente, en 2002 Remax y Look & Find lo promovieron; Habitania, posteriormente adquirida por Idealista, se encargó del desarrollo tecnológico; en 2012, Inmovilla y Habitania adaptaron sus sistemas para hacerlos compatibles; y en 2017, Anaconda, constituida por Remax, Look&Find y MLS, se sumó a la estructura y se encargó de desarrollar y gestionar una base común para compartir inmuebles.
Condiciones
Las franquiciadoras que desarrollaron este sistema aprobaron un reglamento obligatorio para las inmobiliarias usuarias que exigía aplicar la comisión mínima del 4% en las ventas y de un mes en los alquileres. También imponía un reparto de la comisión al 50% entre la oficina captadora del inmueble y la que cerrase la transacción.
El incumplimiento de las reglas podía conllevar sanciones disciplinarias e, incluso, la suspensión de la condición de asociado, con la consiguiente imposibilidad de acceder a la bolsa de inmuebles.
Recurso y daño reputacional
Contra la sanción cabe recurso a través de la vía contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional, una opción que será ejercida por Idealista, según ha confirmado la propia compañía.
Idealista ha incidido en que aunque la multa que se la ha impuesto es la mayor en términos absolutos (730.000 euros) es, sin embargo, la más reducida si se tiene en cuenta la proporción respecto de sus ingresos, lo que a su juicio supone un síntoma de su responsabilidad limitada en el proceso. Además, la intermediaria también ha lamentado el daño reputacional de este tipo de sanciones y ha considerado un hecho significativo que la mayoría de ellas acabe finalmente desestimada por los tribunales tras el correspondiente recurso.