La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 100.000 euros a Funespaña, sociedad perteneciente al grupo asegurador Mapfre. Será el peaje al que debe hacer frente por no notificar que compraba Funeraria Alianza Canaria antes de ejecutar la operación. El incumplimiento de este deber, conocido en el argot de competencia como gun jumping, constituye una infracción grave de la Ley de Defensa de la Competencia, tal y como concluye el regulador. 

El control de concentraciones se realiza con carácter previo para "evitar problemas para el interés general" y situaciones que, a posteriori, serían difíciles de solventar. En el caso de que la empresa adquirida no supere los 10 millones de euros, es obligatorio informar a la CNMC cuando la cuota de mercado individual o conjunta de las empresas que participan en la operación sea igual o superior al 50%, tanto nacional como internacional.

Negligencia

El 19 de noviembre de 2020, la CNMC requirió de oficio a Funespaña que notificara la compra de Alianza Canaria, al considerar que, de acuerdo con los precedentes sobre la definición de los mercados afectados, la operación superaba los umbrales definidos en la Ley de Defensa de la Competencia. Según el organismo presidido por Cani Fernández, el expediente incoado concluye que esa circunstancia se cumple, al menos, en el tanatorio en San Bartolomé de Tirajana (Las Palmas) que controla una cuota del 59,9%.

Por todo ello, la CNMC considera que la filial de Mapfre fue negligente al realizar un análisis de mercado que se separaba de los precedentes relevantes para evitar notificar la concentración. La multa es firme y solo se podrá recurrir en la Audiencia Nacional. Funespaña dispone de dos meses para presentar un recurso de casación si así lo decide.