El Ministerio de Trabajo ha rechazado el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de Konecta que afectó a 502 trabajadores entre marzo y agosto de 2020. La autoridad laboral considera que la teleoperadora incumplió su obligación de prevenir los riesgos laborales y que, por tanto, no se dio una situación de fuerza mayor que motivase el ajuste de personal.
"Al tramitar la mercantil [Konecta] el expediente como fuerza mayor su incapacidad para cumplir las medidas preventivas que le exige la Inspección de Trabajo y Seguridad Social estaría cargándose sobre el Estado (que asume las prestaciones por desempleo y el 75% de las cotizaciones), así como sobre las personas trabajadoras (que ven reducidos sus salarios en un 30%)", recoge la resolución.
Recurso de CGT
El pasado marzo, el ministerio dirigido por Yolanda Díaz aprobó por silencio administrativo el ERTE de Konecta para los centros de trabajo ubicados en cinco comunidades autónomas (Andalucía, Cataluña, Extremadura, Madrid y Valencia).
Según el sindicato CGT, que presentó recurso de alzada contra esta decisión, la medida se debió a la sobrecarga de trabajo de la Administración en pleno alud de expedientes de ocupación.
Varapalo para Konecta
En la resolución hecha pública un año más tarde, Trabajo desestima las alegaciones de la compañía y da la razón a los trabajadores. Entre otros motivos, el ministerio considera que el call center se escudó en la suspensión de determinadas contratas de algunos clientes y en la supuesta imposibilidad de prestar el servicio en remoto.
Esta circunstancia ha sido refutada por la aplicación del teletrabajo meses después --pese a las quejas de la plantilla por la falta de recursos aportados por la dirección--. Fuentes de CGT han manifestado a Crónica Global su satisfacción por la resolución y calculan que la empresa deberá abonar cerca de dos millones de euros en percepciones abonadas por el Estado.