El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha publicado su opinión sobre la validez de los acuerdos que muchos bancos firmaron con sus clientes entre 2013 y 2016 para retirar o rebajar las cláusulas suelo de sus hipotecas a cambio de que estos renunciaran a denunciarles en el futuro.
En sus conclusiones, el letrado Henrik Saugmandsgaard indica que estos pactos podrían ser abusivos si el hipotecado no hubiera recibido la suficiente información por parte de la entidad, lo que podría, según el comparador financiero HelpMyCash.com, suponer la anulación de buena parte de las renuncias a interponer acciones judiciales que se suscribieron hace unos años.
El acuerdo debía ser transparente, según el Abogado del TJUE
En concreto, Saugmandsgaard considera que renunciar a reclamar judicialmente en el futuro a cambio de que se retire una cláusula potencialmente abusiva no es ilegal de por sí, siempre que el objetivo principal de ese pacto sea resolver un desacuerdo entre las partes para, precisamente, evitar los tribunales. De hecho, eso es lo que en derecho se define como una “transacción”.
[calcule aquí cuánto le pueden devolver por la cláusula suelo]
Sin embargo, como indican desde HelpMyCash.com, el Abogado General matiza que estos pactos deben someterse también al “control de transparencia” y que, en caso de no superarlo, pueden anularse por abusivos. Así, Saugmandsgaard opina que para que la renuncia sea válida al cliente se le tenía que explicar que el interés mínimo (el suelo) que le retiraban o le rebajaban era potencialmente abusivo y que, en consecuencia, tenía derecho a acudir a los juzgados para reclamar su supresión y la devolución de lo pagado de más por culpa de su aplicación.
Plazo de reflexión razonable
Asimismo, a juicio del letrado, la entidad tenía que explicarle a su cliente que no estaba obligado a aceptar el acuerdo y que, en caso de hacerlo, ya no podría reclamar en los juzgados. En ese sentido, el Abogado General indica que al consumidor se le debía dar un “plazo de reflexión razonable” para valorar el acuerdo antes de comunicar su decisión.
En caso de no reunir estos requisitos de transparencia, en opinión de Saugmandsgaard, la renuncia a reclamar debería considerarse abusiva, así que el cliente podría acudir a los juzgados para recuperar lo que se le cobró indebidamente por la aplicación del suelo hipotecario. Desde HelpMyCash.com destacan, además, que el letrado duda que se cumplan estas condiciones si al hipotecado se le obligó a escribir de su puño y letra que comprendía a qué renunciaba, pues esta cláusula se habría redactado conforme a un “modelo impuesto por la entidad bancaria”.
A la espera de la sentencia final
Desde el comparador recuerdan, sin embargo, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no está obligado a hacer caso a su Abogado General, cuyas conclusiones nunca son vinculantes. Aun así, los magistrados coinciden con las opiniones de este letrado en dos de cada tres casos, aproximadamente.
Por lo tanto, los afectados por estos pactos de no reclamación tendrán que esperar a que el TJUE emita su sentencia y aclare en qué casos pueden considerarse válidos y en qué otros no. Todavía no se sabe en qué fecha saldrá el fallo definitivo, aunque generalmente tardan algunos meses desde la publicación de las conclusiones del Abogado General.
Mientras tanto, los afectados pueden calcular cuánto dinero han pagado de más desde que se les empezó a aplicar el interés mínimo para exigir su devolución (ya sea por la vía judicial o por la extrajudicial) en caso de que sus pactos de no reclamación se anularan por falta de transparencia. Para tal fin, el comparador HelpMyCash.com ha elaborado un simulador gratuito que permite calcular qué cantidad se podría recuperar si, finalmente, el TJUE fallase a favor de los consumidores.