Servicios Logísticos Martorell Siglo XXI (SLM) es una filial del Grupo Sesé que se dedica de forma íntegra a ofrecer los servicios logísticos integrales del llamado Taller 12 en la sede central de Seat. Está inmersa desde hace más de un año en un conflicto laboral que ya ha pasado por dos tribunales de lo social y está lejos de una resolución. El origen: saber quién destrozó las maquinas de vending de la compañía.
Desde principios de 2018 este proveedor, AB Servicios Selecta, detectó que de forma reiterada “se manipulaban, forzaban y dañaban” las máquinas que estaban instaladas en una sección de la planta dedicada a comedor, tal y como consta en los relatos judiciales a los que ha tenido acceso Crónica Global. Contrató los servicios de una compañía de detectives privados, Brinvest, que instaló con el visto bueno de la empresa una cámara de seguridad disimulada en la zona entre mayo y junio de 2018.
Despido del comité de empresa
No se avisó de ello ni a la plantilla ni al comité de empresa para poder pillar a los autores in fraganti, tal y como ocurrió tras el visionado de la cinta. Se filmaron varios asaltos contra las máquinas para quedarse con la recaudación o sustraer productos sin pagar, hecho que fue denunciado ante los Mossos d’Esquadra a mediados de julio de 2018.
Los presuntos autores fueron identificados con la colaboración de una directiva y un responsable de recursos humanos de SLM y se decidió despedir a cinco personas, tres de ellos miembros con responsabilidad en el comité de empresa de la compañía del sindicato CCOO. También se aplicaron otras dos suspensiones de ocupación de empleo y sueldo.
La defensa a ultranza de CCOO
Este fue el disparo de salida de un conflicto laboral que se mantiene un año después de la actuación. CCOO ha defendido a ultranza a los afectados. El responsable de industria en Cataluña de la organización, José Antonio Hernández, mantiene que los tres miembros del comité de empresa --entre ellos, el presidente y el responsable de la sección sindical-- no son los que aparecen en la grabación y acusa a la empresa de persecución sindical. Cuenta a favor de sus tesis con una primera resolución del Juzgado de lo Social número 11 de Barcelona del pasado marzo.
En ella, el magistrado Pedro Tuset del Pino reconoce que la filial de Grupo Sesé “vulneró el derecho de huelga y la libertad sindical” por el tono de una comunicación interna que se divulgó a la plantilla en diciembre de 2018, poco después de que los trabajadores iniciaran una oleada de protestas contra los despidos de sus compañeros del comité de empresa.
También condenó al grupo a pagar una indemnización de 50.000 euros, más baja de los 100.000 que pedía de entrada el sindicato, y a divulgar la sentencia a toda la plantilla. Con todo, no entró a valorar el sentido de los despidos.
Despido improcedente, no nulo
Esta causa fue a parar a manos de otro colega de la partida de lo Social de Barcelona, la juez Carmen Pérez Sánchez. Su sentencia se dio a conocer el pasado 23 de noviembre y obliga a SLM a readmitir o indemnizar a los trabajadores al considerar que se está ante un despido improcedente. No lo declaró nulo.
La magistrada rechaza el grueso del argumentario legal de la defensa. Asegura que no existen indicios para sostener que el despido implique vulnerar el derecho de huelga y de liberad sindical --“no comporta sin más que todos los despidos de miembros de un comité de empresa deban calificarse como vulneradores de la garantía de indemnidad”-- y que tampoco se pueden vincular con las negociaciones en materia laboral que se llevaban a cabo de forma paralela a los hechos delictivos.
Renovación del convenio
De forma concreta, el intento de externalizar parte de la producción de SLM que derivó en una convocatoria de huelga. Nunca se llegó a celebrar porque Grupo Sesé rectificó esta política ante la presión sindical. Con todo, CCOO mantiene que sí hay una relación directa con la actividad del comité de empresa y recuerda que los sindicalistas ya se enfrentaron a la dirección de la compañía, con parón de la producción incluida, con la renovación del convenio colectivo hecho antes.
Hernández mantiene que los Mossos d’Esquadra no han identificado a los autores materiales de los actos vandálicos en el grupo y muestra su confianza total en la inocencia de los acusados “Si se llegase a demostrar que fueron ellos, deberán asumir todas las consecuencias de sus actos”, manifiesta. Pero por el momento no ha sucedido, tal y como destaca.
Validación del uso de la cámara de seguridad
La juez llega a validar la presencia de la cámara de vídeo, que no filma la voz, en las dependencias de la empresa. “Puede entenderse justificada la instalación de dicha cámara a pesar de no haber dado conocimiento previo ni a los trabajadores ni a sus representantes”, reza el escrito que hace alusión a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Concluye que es una acción proporcional ante los hechos, que se había “cometido una infracción grave que afectaba gravemente a los intereses de la empresa”.
Fallos en los procesos de identificación
Lo único que señala que se hizo mal, y en eso basa la declaración de despido improcedente, es la forma de identificar a los acusados. Afea que no se comunicara a las “personas referidas para que comparecieran luego a la comisaría” y que tampoco se contrastó con terceros.
Además, destaca que “en las grabaciones, como regla, no se visualiza el rostro de las personas que aparecen en las imágenes y fundamentalmente están de espalda”. Y aunque acepta que pueden coincidir con los nombres que se han aportado por la “complexión física de alguno de ellos”, considera que “no existe base suficiente para poder determinar” su identidad. Abre la puerta a que puedan ser despedidos por una falta muy grave, pero mantiene por el momento la vía de la improcedencia.
Causa penal
Los mismos interlocutores de CCOO afirman que los tres acusados rechazarán la indemnización que podrían cobrar, que oscilan entre los 54.200 y los 66.200 euros, y que pedirán de inmediato la readmisión en sus puestos de trabajo aunque la sentencia no sea en firme. Asimismo, lamentan que UGT se haya distanciado de este caso y no les brinde la unidad de acción sindical por las sombras que presentan los hechos.
Sigue en el aire ratificar la identidad de las tres personas que desvalijaron las máquinas de vending. Será una instancia superior la que analice de nuevo el caso, ya que Grupo Sesé recurrirá la decisión de Juzgado de lo Social 14 según informan fuentes conocedoras del proceso.
La Audiencia de Barcelona no será la única que se pronuncie sobre la materia, ya que también está abierta una vía penal a raíz de la investigación de los Mossos d’Esquadra que sigue su curso. Serán ambas instrucciones las que esclarezcan si en SLM se ha vivido un verdadero caso de persecución sindical. Por ahora, las fuentes consultadas mantienen que está como mínimo en duda.