A partir del domingo es obligación de las empresas registrar la jornada laboral de sus trabajadores. El decreto aprobado en marzo por el Gobierno forma parte de un paquete de medidas para la protección y lucha contra la precariedad. No obstante, aunque el Ejecutivo dio dos meses de plazo, las patronales han mostrado sus quejas por una normativa que aseguran no tener claro cómo se debe aplicar.
¿A quién afecta?
Todas las empresas, sin importar el número de empleados, el sector o la facturación que tengan, están obligadas a registrar el inicio y el final de la jornada laboral diaria de cada trabajador a partir del 12 de mayo. También se marcarán los tiempos de descanso y comida. El centro de trabajo debe guardar los datos durante cuatro años.
¿Qué ocurre si no se registra?
Si la Inspección de Trabajo comprueba que una empresa no cuenta con un sistema de registro pero está en proceso de tenerlo, se le dará un plazo de 15 a 20 días. Si persiste la negativa, se le imputará una sanción grave, con multas que van de los 626 a los 6.250 euros.
No obstante, la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, ha calmado los ánimos de los empresarios en los últimos días y ha asegurado que trabajarán “con cabeza, con mesura y con sentido común”, y que “evidentemente, se dará un margen” antes de multar.
¿Para qué sirve?
En la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2018 había 797.000 trabajadores que aseguraban hacer horas extras. El 48% de ellos no percibían ninguna remuneración ni cotizaban a la Seguridad Social por ese tiempo añadido.
No obstante, aún existe incertidumbre sobre ciertos puntos, como los viajes que se realicen por motivos de trabajo. El Ministerio de Trabajo se ha comprometido a publicar el lunes una guía práctica para las empresas sobre las principales cuestiones del nuevo registro.
¿Cómo se lleva a cabo el registro?
La implantación del sistema debe realizarse mediante negociación colectiva o a través de la consulta a los representantes legales de los trabajadores. No obstante, si en la compañía no existen tales figuras, deberá ser el empresario el que establezca cómo se llevará a cabo.
Sobre la manera en que se debe documentar el registro, la ministra Valerio ha explicado que las empresas tienen libertad para ello y señala la vía telemática como posibilidad.
¿Qué dicen los empresarios?
Desde la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) se pidió una moratoria al Gobierno para estudiar la norma con más tranquilidad. Ante la negativa, el presidente de la patronal, Antonio Garamendi, ha recomendado a las compañías que negocien con los sindicatos la implantación del registro y que dejen por escrito los pasos que se están dando.
La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) ha evidenciado las dificultades de las pymes para llevar a cabo el registro entre las “incertidumbres” y los costes económicos.
¿Qué dicen los sindicatos?
Desde CCOO y UGT prevén “bastantes problemas” con la implantación de la nueva regulación, y alertan de que en aquellas compañías en las que no haya representación sindical, los empresarios preparen un registro “a su antojo”.