Luz verde a devolver el IRPF de maternidad a partir de 2016
Hacienda activa el mecanismo ‘on line’ para iniciar los trámites y conseguir el reintegro de la prestación que se decretó en los tribunales
2 enero, 2019 13:25El Ministerio de Hacienda ha anunciado este miércoles, el primer día laborable del año, que activará por la tarde el portal on line para que los receptores de una prestación por maternidad o paternidad entre 2016 y 2017 puedan solicitar la devolución del IRPF. Se trata de la segunda fase del plan diseñado para completar el reintegro de la tasa que el Tribunal Supremo decretó en una sentencia del 3 de octubre y que se había anunciado hace un mes.
Fue en diciembre cuando se activaron los trámites burocráticos para que los contribuyentes que percibieron la prestación entre 2014 y 2015 pidieran el retorno del impuesto. En el comunicado a los medios, se recuerda que los contribuyentes que hayan sufrido retenciones en la prestación en 2018 no deben realizar ningún trámite en particular. La devolución se realizará en la próxima declaración de la Renta.
Beneficiarios y devolución media
De acuerdo con los datos de la Agencia Tributaria, se reintegrarán unos 1.200 millones de euros a más de 1,71 millones de personas que percibieron la prestación de maternidad o paternidad durante estos años.
La devolución media para las madres se calcula que estará al entorno de los 1.600 euros, mientras que los padres recibirán unos 383 euros. Reflejo de la duración de la baja, ya que las mujeres trabajadoras se benefician de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo y el permiso de paternidad vigente hasta julio de 2018 era de cuatro semanas. Se amplió a cinco en ese momento y la promesa de los Presupuestos del ejercicio en curso es elevarlo a las ocho semanas, un paso más hacia la equiparación.
Peticiones gestionadas
Hacienda ya ha recibido 672.746 peticiones de reintegro a lo largo del último mes. Las devoluciones se hacen en los días siguientes de la solicitud y también benefician a colectivos que no estaban contemplados de forma específica en la resolución del Supremo. La baja por paternidad es el mayor ejemplo, ya que la sentencia sólo hacía referencia a las madres.
El Gobierno ya anunció en la publicación del Real Decreto-ley por el que se aprobaban estas medidas tributarias que hacía una interpretación lo más amplia posible de la decisión judicial. Además de beneficiar a los padres, también habilitaba el mecanismo para que solicitaran el reintegro del IRPF los empleados públicos no integrados en la Seguridad Social, así como los trabajadores por cuenta propio o los autónomos que perciben las prestaciones mediante las mutualidades de previsión social.
Todos estos colectivos pueden usar los mismos mecanismos, la página web que se ha habilitado desde la Agencia Tributaria. Se pueden realizar de forma personal o por un representante.