Luz verde a la Generalitat para convocar las elecciones a las 13 cámaras de comercio catalanas. Así lo ha decidido este martes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al rechazar la suspensión cautelar del proceso que había solicitado un elector. Los magistrados de la sala quinta de lo contencioso-administrativo han inadmitido a trámite la demanda inicial.
En el auto que se ha divulgado este mediodía, la sala concluye que “no se acredita en el caso el daño que pueda justificar la medida cautelar”. Reconoce que “unas elecciones llevadas a cabo en un marco normativo ilegal afectaría a la validez de las mismas” con el consiguiente efecto sobre la “validez de los órganos de gobierno y de los actos llevas a cabo hasta la ejecución de la sentencia favorable a la recurrente”. Pero apunta que “la situación contraria es igualmente perjudicial”. Es decir, las celebración de unos comicios “en un marco normativo alterado por la medida cautelar que se nos solicita”.
Análisis ‘de fondo’
La consejería de Empresa y Conocimiento, encabezada por Àngels Chacón, ha conseguido el apoyo judicial necesario para poder convocar los comicios. Con todo, el espaldarazo a la organización de las elecciones camerales no es total. La misma sala deja claro en la resolución publicada que se ha limitado a analizar las medidas cautelares solicitadas por el elector denunciante, pero en los próximos mismos analizará el llamado fondo de la cuestión.
Fachada del TSJC / CG
Es decir, la validez exclusiva del voto electrónico cuando se celebren las elecciones el próximo 8 mayo. Este es el calendario que ha comunicado la Generalitat poco después de conocer la resolución judicial. La consejería ha explicado que la la secretaria general del departamento, Marta Felip, ha firmado la resolución de la convocatoria electoral. El Govern detalla que 682.000 empresas están llamadas a participar en los comicios.
Elecciones el 8 de mayo
Todos los electores usarán un software cuyo desarrollo se deberá encargar al Consejo General de Cámaras de Comercio en los próximos días. Fuentes de esta institución indican que el concurso público ya está preparado, falta su publicación. El programa recogerá tanto el voto que se realice desde casa como el presencial que tenga lugar en esa jornada.
Las empresas electoras que quieran participar en remoto disponen de tiempo entre el 2 y el 7 de mayo. También se concreta que la votación de los candidatos que hayan sido propuestos por las patronales tendrá lugar en julio y que los elegidos entre las empresas de mayor aportación voluntaria se renovarán según los "regímenes internos de cada cámara". Todos los candidatos se deberán presentar entre el 12 y el 25 de febrero.
Sin voto en urnas ni por correo
La Generalitat se ha cargado la participación con urnas tradicionales y el voto por correo, hecho que ha generado malestar en el seno de las organizaciones de dinamización empresarial local y que ha derivado en el proceso judicial que sigue su curso en el TSJC. El Gobierno catalán se ha apuntado una victoria este martes, pero los tribunales proseguirán con el análisis al detalle de todo el proceso.
La consejería recuerda en su comunicado a los medios que ha puesto en marcha un concurso público para designar al auditor del proceso. Su objetivo será el de garantizar el "cumplimiento de las garantías del voto electrónico". Además de velar por la "corrección y transparencia del proceso electoral". El Gobierno catalán defiende en la misma información pública que su intención es la de simplificar los procesos de elección directa, eliminar la tarjeta censal u obligar a las cámaras a publicitar los trámites del proceso para "incentivar la participación".
Incertidumbre en el proceso
En el caso de que fallaran en su contra y se decretara que, tal y como se denuncia, el proceso electoral catalán no cumple con las normas básicas que se han fijado a la convocatoria de los comicios en todo el Estado, las futuras cúpulas de las 13 cámaras de comercio quedarían comprometidas. Hecho que añade incertidumbre al proceso.
No se espera que la sentencia final del TSJC se publique en el corto plazo. Como mínimo, no antes de la celebración de los comicios.