Los autónomos cobran de media 121,55 euros más de pensión que hace una década, lo que sitúa la media mensual en algo más de 650 euros, un 23% más, frente al 14,8% de incremento de la pensión media en el Régimen General, de acuerdo a los datos de la Seguridad Social publicados por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

A pesar de este incremento, la pensión de los trabajadores autónomos sigue siendo un 38% más baja que la actual pensión media del Régimen General, que se sitúa en1.034 euros.

En el caso concreto de la pensión media de jubilación que han recibido en julio los nuevos jubilados del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), esta se estableció en los 723,81 euros. La cifra supone un 24% más que la media de jubilados del RETA en 2009, es decir, de 140,62 euros más.

38,5% más de pensionistas en el Régimen General

En cuanto al número de pensionistas, en el Régimen General hay un 38,5% más de pensionistas que en 2009, casi dos millones de pensionistas más. Esta cifra es cinco veces superior a la del número de pensionistas autónomos, que en una década ha aumentado solo un 7,1%. Actualmente, el total de trabajadores autónomos jubilados asciende a 1,287 millones de personas, el 65,7% del total de pensionistas autónomos (1,958 millones de personas).

Para el presidente de ATA, Lorenzo Amor, la vida laboral del autónomo es "mucho más larga" que la de los trabajadores por cuenta ajena, ya que muchos autónomos continúan con su trabajo más allá de los 65 años porque su negocio resulta como "un hijo más". En este sentido, Amor ha asegurado que se han propuesto desde ATA medidas en favor del relevo generacional y de la jubilación activa.

Por otro lado, el presidente de la organización ha defendido que las empresas "viables" no deben perderse porque el autónomo se jubile, pero que hay que asegurar que, si ese autónomo quiere seguir cuidando de su negocio, pueda hacerlo sin miedo a perder la pensión que se ha ganado.

Cambio de criterio para continuar la actividad

Según ATA, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social cambió hace unas semanas "por sorpresa" los criterios para poder compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con el ejercicio de una actividad y requiere ahora la contratación de, al menos, un trabajador por cuenta ajena dentro de la actividad.

"Estos cambios normativos crean inseguridad jurídica y ciudadanos de primera y de segunda, ya que, al no tener efecto retroactivo, habrá quien siga acogiéndose a los antiguos criterios y quienes no puedan hacerlo", ha añadido Lorenzo Amor.