La titular del juzgado de lo Social número 6 de Valencia, ha fallado a favor de un repartidor de Deliveroo. La empresa de reparto de comida de domicilio había despedido al trabajador y ahora la justicia lo considera improcedente.
Para alcanzar el fallo la jueza califica la relación como laboral siguiendo el razonamiento de la Inspección de Trabajo, que ya había considerado que los mensajeros o riders son falsos autónomos. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Primera sentencia
El protagonista de la sentencia contra Deliveroo se llama Víctor Sánchez, que denunciaba que era un falso autónomo durante su empleo como rider, por lo que la Seguridad Social debería haber corrido a cargo de la empresa.
La magistrada se pronuncia solo con respecto a este caso particular, aunque se refiere en el auto a varias prácticas del modelo laboral de la App que continúan realizándose. Esta es la primera sentencia en España que cuestiona el modelo laboral de Deliveroo.
Se acepta así la tesis de Inspección de Trabajo que concluye que los mensajeros tienen un régimen de trabajador por cuenta ajena, aunque aparezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia.